Si esta de IT, todo el importe extra que informes en nómina no va a cotizar, lo mas correcto es realizar una nómina separada (bonus) donde identifiques en que periodo se ha generado y el importe a repartir.
No estoy puesto con los fijos discontínuos y con las particularidades que, en su caso, pueden haber en cotización, pero, salvo que se identifiquen los importes del incentivo que corresponden a cada mes (por días, trabajados, festivos...) y se hacen cotizar por esos respectivos importes concretos en cada mes, o si se trata de un pago único y sin más concrecion de devengo mes a mes (simplemente "de tal mes a tal mes", en la medida en que sea un devengo superior a mes tocará cotizarlo de forma prorrateada a lo largo de los 12 meses del año (no hay devengos de 2, 3, 4... meses a efectos de cotización, o dentro de cada mes correspondiente, o de forma prorrateada durante todo el año).
Repito, salvo particularidades concretas de cotizacion en fijos discontínuos que no conozca.
Saludos.