Si un trabajador no tiene carencia por it , por lo tanto no tiene derecho al subsidio de it.
El convenio colectivo de la construcción de Navarra dice lo siguiente:
Artículo 38. Complemento en caso de enfermedad o accidente.
a. En el supuesto de incapacidad temporal derivada de enfermedad común,
la empresa abonará los porcentajes que a continuación se detallan, del
Salario Base, Complemento Convenio y del concepto indemnizatorio Plus
Extrasalarial.
Estos porcentajes son los siguientes:
a. 75% del 1.º al 14.º día de baja, ambos inclusive.
b. 85% del 15.º al 29.º día de baja, ambos inclusive.
c. 100% a partir del 30.º día de baja.
Aquí no se habla de complemento por parte de empresa de it sino de
directamente de abonar unos porcentajes
cuestiones:
1º.-Hay una sentencia de un superior (no la tengo localizada) que dice que hay que pagar solo el complemento en los casos de it sin carencia, sin abonar el subsidio.¿lo véis así?
2º.-¿Qué pasa del dia 1º al 3º de la baja?. (el periodo del subsidio nace desde el 4º día).¿ La empresa debe pagar el 75% del salario?
3.º.-En el caso de abonar solo el complemento se extendería también más allá del día 14?
gracias
El convenio colectivo de la construcción de Navarra dice lo siguiente:
Artículo 38. Complemento en caso de enfermedad o accidente.
a. En el supuesto de incapacidad temporal derivada de enfermedad común,
la empresa abonará los porcentajes que a continuación se detallan, del
Salario Base, Complemento Convenio y del concepto indemnizatorio Plus
Extrasalarial.
Estos porcentajes son los siguientes:
a. 75% del 1.º al 14.º día de baja, ambos inclusive.
b. 85% del 15.º al 29.º día de baja, ambos inclusive.
c. 100% a partir del 30.º día de baja.
Aquí no se habla de complemento por parte de empresa de it sino de
directamente de abonar unos porcentajes
cuestiones:
1º.-Hay una sentencia de un superior (no la tengo localizada) que dice que hay que pagar solo el complemento en los casos de it sin carencia, sin abonar el subsidio.¿lo véis así?
2º.-¿Qué pasa del dia 1º al 3º de la baja?. (el periodo del subsidio nace desde el 4º día).¿ La empresa debe pagar el 75% del salario?
3.º.-En el caso de abonar solo el complemento se extendería también más allá del día 14?
gracias