IT tras 60 días Autónomos sin cese de actividad

ManuelSM2

Miembro
Buenos días,
No sé si a alguien le habrá ocurrido lo que a nosotros en la Asesoría, os lo digo para que estéis avisados. Hasta hoy a cualquier autónomo que estuviera más de 60 días de baja por IT se le exoneraba a partir del día 61 la cuota de Autónomo.
Pues bien, esto ya no es así con todos. A una cliente nuestra que tiene tarifa plana y que no optó por el Cese de actividad le ha venido el cargo del mes de junio completo, cosa que no ocurrió en abril y mayo. Realicé una consulta por CASIA y me llamó el jefe de Recaudación de nuestra Administración para decirme que a partir de ahora se les cobrará a los que no tengan cubierta esa cobertura, dado que ahora se interpreta según el 308.2 de la LGSS que tan solos los trabajadores autónomos con esta contingencia incorporada podrán exonerarse del pago del autónomo a partir del día 61. Y que ya veremos si no exigen el pago de las cuotas exoneradas en los 4 años anteriores de forma retroactiva.

"2. A los efectos de la aplicación de lo establecido en el párrafo anterior, la cuantía equivalente al pago efectivo de las cotizaciones de los trabajadores autónomos en periodo de baja laboral pasados los 60 días que el servicio público de empleo estatal deba asumir, se fijara mediante un coeficiente aplicable al total de cuotas por cese de actividad de todos los trabajadores con cobertura por dicha entidad. Dicho coeficiente se establecerá anualmente en la Orden por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía salarial y formación profesional para cada ejercicio."

Maldita la gracia.
 

APL

Miembro
Hola !
el viernes a última hora contacté con el jefe de la Administración a la que pertenezco y me confirmó lo mismo que a tí
en esa semana tuve 4/5 casos de clientes a los que les habian cobrado la cuota, de primeras pensé que sería algún desajuste informático a los que estamos acostumbrados o hasta consecuencia del ciberataque al Ministerio
Yo estoy en zona rural y la mayor parte de mis clientes son RETA y SETA (agrario cuenta propia) con los que no veníamos optando por la cobertura de cese de actividad. Es de coña y de una inseguridad de órdago
Aún no saben si cobrarán las cuotas no giradas desde 2019, pero se pueden dar casos de miedo la verdad
Ya me veo hablando con todos para antes del 30/09 optar por una cobertura carente de lógica ni sentido pero que al menos no les deje con el culo al aire ante una baja médica
Ésto es de coña, a mi ya me dan ganas de salir corriendo y dedicarme al alambre
 

Nana

Miembro conocido
Pero, ¿no es obligatorio desde el 1/1/2020 acogerse al cese de actividad? 🤔

¿O no estoy entendiendo la pregunta?
 

APL

Miembro
... salvo para los RETA que están en tarifa plana
Y opcional para SETA (agrario cuenta propia)
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo sé de un caso de un autónomo que ha estado 2 años de baja con la cuota exonerada... y cotizaba por la base máxima. Y efectivamente, le saltó la reclamación de los autónomos a partir de febrero (causó baja en marzo). Ahora me doy cuenta de que debe ser por eso. Y son por estos dos años, unos 30.000 euros de posible reclamación
 

DANI ML

Miembro conocido
Aviso para navegantes. En un caso que conozco que comenté ayer, de un autónomo que había estado dos años con la Mutua abonando las cuotas (en su base máxima), hoy le han llegado 4 reclamaciones de autónomos de 2020 (4 meses aleatorios, supongo que seguirán llegando)
 

APL

Miembro
Aviso para navegantes. En un caso que conozco que comenté ayer, de un autónomo que había estado dos años con la Mutua abonando las cuotas (en su base máxima), hoy le han llegado 4 reclamaciones de autónomos de 2020 (4 meses aleatorios, supongo que seguirán llegando)
tela !!
... como se pone la cosa de caliente
Para salir corriendo
 

APL

Miembro
... RETOMO este hilo pasado
La TGSS giró en abril TODAS las cuotas no pagadas en su día por estar en IT el RETA/SETA transcurridos 60 días
1º, cambian la interpretación del art 308 LGSS en junio 2021 y empiezan a cobrar
2º, abril 2022 meten mano a todas las cuotas anteriores no pagadas

... hasta las eléctricas manejan "artes" no tan propias de la mafia
Lamentable y ya van.....
 

Mafaldasur2

Miembro activo
Es que al parecer el que no se pague cuota a partir del 61 avo día en IT, no es exactamente así. Ese pago de cuota lo efectúa la Mutua con cargo al Cese de Actividad del propio autónomo. Ahora para RENTA estamos viendo que a su vez, la Mutua realiza una valoración en especie del importe abonado y lo imputa al autónomo de baja, sin retención y sin poder deducirse el gasto en Seguridad Social, un pico en renta, vaya.
 
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