JORNADA 38,5 HORAS SEMANALES

VaneAlon

Miembro conocido
Buenos días,

En vista de que puede estar cerca el acuerdo de esta medida, yo tengo bastantes dudas a ver si me podéis resolver..

Si un convenio en estos momentos la jornada anual es de 1759 horas si se aprueba la jornada de 38,50 horas semanales la jornada sería de 1758,16 horas si una persona actualmente realiza 30 horas semanales su coeficiente de jornada parcial es el 75% , si ahora se aprueba la jornada de 38,5 horas semanales su porcentaje se modificaría a 78% o como la jornada del convenio es muy similar a la que se aprobaría se quedaría igual.

Un saludo.
 

elchuske

Miembro conocido
No te compliques, La reduccion ira en computo de horas anuales. Si la patronal y sindicatos estan de acuerdo en hacerlo de esa manera la Yoli no va a poder hacer nada.
Ademas esto hay que ponerlo en los aplicativos de la TGSS y eso tardaria meses. Salvo mejor opinion
 

africallora

Miembro conocido
Nadie sabe por donde va a tirar la 'Yoli', si lo aprueba por decreto -o mediante alguna reforma laboral- y cambia el art. 34.1 ET, el CTP sería 0.78, sí.

Pero estoy con Txus, hasta los sindicatos le están diciendo que frene, que se ha de tener en cuenta las características de cada sector.
 

africallora

Miembro conocido
Entiendo que se tendría que incrementar, pero repito, creo que esta normativa la acabará desarrollando la patronal y los sindicatos.
A ver qué pasa...
 

IVO

Miembro activo
Yo tambien soy partidario de esperar a ver qué ocurre si ocurre, pero si s verdad que las parcialidades aumentarian al reducirse la jornada de trabajo semanal.
 

MarLo

Miembro conocido
Buenos días,

En vista de que puede estar cerca el acuerdo de esta medida, yo tengo bastantes dudas a ver si me podéis resolver..

Si un convenio en estos momentos la jornada anual es de 1759 horas si se aprueba la jornada de 38,50 horas semanales la jornada sería de 1758,16 horas si una persona actualmente realiza 30 horas semanales su coeficiente de jornada parcial es el 75% , si ahora se aprueba la jornada de 38,5 horas semanales su porcentaje se modificaría a 78% o como la jornada del convenio es muy similar a la que se aprobaría se quedaría igual.

Un saludo.
Hola, la idea que está encima de la mesa es que los que trabajan a jornada completa (con independencia del cómputo anual) pasen a cobrar lo mismo, trabajando menos horas, bajando la jornada completa a 38,5 semanales. Evidentemente, los que están a tiempo parcial, habrá que incrementarles las parcialidades . Trabajarán mismo número de horas pero cobrarán más. Pero esto habrá que verlo trabajador por trabajador, ya que algún tiempo parcial igual quiere bajar jornada cobrando lo mismo... Los cambios no se podrán hacer en automático, supone un nuevo esfuerzo por parte de las empresas y por nuestra parte, de gestión y papeleo (trabajador por trabajador...) y como son así de generosos quieren hacerlo aún por encima en dos tiempos, 2024 (38,5) y 2025 (37,5), para que nos den dos infartos en vez de uno sólo... pero en fin... que ya veremos cómo se va regulando esto y plazos y sobre todo si habrá que llevarlo primero al convenio para aplicarlo...
 

EstefaniaMJ

Miembro activo
Como se nota que el trabajo duro no lo hacen ellos... Si ellos tuvieran que hacer una cuarta parte de lo que tenemos que hacer nosotros, antes de que finalice el año ya lo tendrían todo listo para su aplicación el 1 de enero...
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Y si esta trabajadora tiene un neto pactado como le afectaría al salario??
Sería una evidencia más para llegar a la conclusión de que hay que erradicar la abominable práctica de pactar netos (entre ellas, como ya sabemos, la muerte de un gatito).
Y es que las consencuencias de hacerlo no están reguladas y, por tanto, tendrán que asumir el cambio de escenario (como sucede cuando se tiene un hijo, cambian las tablas de retenciones, prorroga un contrato, novedades en cotización...)
Es que es tal despropósito que cuando se plantean qué hacer en estos casos me dan ganas de contestar "pues ya os apañaréis. Si resolvéis este tema fuera de norma, no esperéis que la norma os resuelva las cosas cuando hayan novedades"
 
Última edición:

Tronchacadenas

Miembro conocido
sin tener nada de que es lo que va a aprobar
>multiplico por 0.9625 a todo quisque...
ejemplo: el trabajador pasaría a trabajar
40x 0.9625= 38,5
20X 0.9625=19,25

esas horas a informar en la liquidación + control de la jornada anual

ctp no lo tocaría
salario no se toca

así lo veo en mi cabeza
 

elchuske

Miembro conocido
Vale compro los argumentos, Poneis las parcialidades que querais, pero la TGSS; 8 horas seguiran siendo 1 y si los cambias y ellos ponen que jornada completa, 38.5 seguira siendo 1 y te pones a decir que son 0,xxx esto no me va a cuadrar.
Los aplicativos de la TGSS tendran que adaptarse y poner que 38.5 es "1" y ademas tener en cuenta que el "1" de antes no es el "1" de ahora.
En cuanto a los contratos a tiempo parcial ya ni te cuento.
O lo hacen de oficio ( que no va a ser el caso ) o esto es un carajal.
Solucion para inteligentes ( entre los que no esta la YOLI ) mas vacaciones y todo sigue igual. Nada que tocar, nada que fastidiar y todos contentos, Los trabajadores mas que nadie. Por eso los sindicatos no estan por la labor de la YOLI.
De esto no voy a comentar nada ni me voy a complicar. Como mucho por si preguntan les dire cuantos dias mas hay que darles de vacaciones y creo que voy por el buen camino.
Nota; si hay un neto pactado pues no haberlo hecho que avisados estan los clientes.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Sigo dudándo en mi cabeza.. sigo pensando que la intención que tienen es que nadie trabaje mas de 38,5 a la semana por sistema... si ahora trabajo 40 horas semanales y mi ctp es 100, me ajustas más vacaciones pero las semanas que vengo a trabajar sigo trabajando 40 horas semanales??? me lío no lo entiendo
 

elchuske

Miembro conocido
Y quien entiende a estos pelaos?? Ponles delante de una pancarta y lo bordan. Y que pasara, que pasara seguro, si una empresa pacta con sus trabajadores seguir haciendo 40 horas semanales y acumulárselo en vacaciones??? Se lo va a prohibir la YOLI?? Voy mas, Y si pactan en convenio colectivo seguir con las 40 horas y acumular vacaciones. Porque la YOLI va a hacer una ley, vale, pero es que los convenios colectivos son LEY, A ver quien tiene razón porque siempre estará la voluntad de las partes. Y además un pacto como este no perjudica a ningún trabajador, sigue con todos sus derechos intactos.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Pues a mi no me sorprende nada ya.... pueden llegar a pedirte el registro horario (en excel para más Inri), comprobar que trabajo 40 horas a la semana aunque tenga 6 meses de vacaciones al año y sancionar a mi empresa por eso... en fin ya veremos lo que publican al final en el BOE
 

Caslaboral

Miembro conocido
Y quien entiende a estos pelaos?? Ponles delante de una pancarta y lo bordan. Y que pasara, que pasara seguro, si una empresa pacta con sus trabajadores seguir haciendo 40 horas semanales y acumulárselo en vacaciones??? Se lo va a prohibir la YOLI?? Voy mas, Y si pactan en convenio colectivo seguir con las 40 horas y acumular vacaciones. Porque la YOLI va a hacer una ley, vale, pero es que los convenios colectivos son LEY, A ver quien tiene razón porque siempre estará la voluntad de las partes. Y además un pacto como este no perjudica a ningún trabajador, sigue con todos sus derechos intactos.
Existe una jerarquia normativa por algo. En mi opinion debemos esperar a saber mas para decir tal o cual.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Sigo dudándo en mi cabeza.. sigo pensando que la intención que tienen es que nadie trabaje mas de 38,5 a la semana por sistema... si ahora trabajo 40 horas semanales y mi ctp es 100, me ajustas más vacaciones pero las semanas que vengo a trabajar sigo trabajando 40 horas semanales??? me lío no lo entiendo
Hay muchas empresas, especialmente las que tienen algún periodo, dentro del esquema de jornada completa, de jornada intensiva y más reducida, pero ejemplo en verano, por ej, de 35 horas/semana, que se compensa el resto del año con una jornada que puede ser superior a las 40 horas.
Por tanto, cuando el ET indica actualmente (veremos hasta cuándo) que la jornada máxima es de 40 horas semanales, añade el matiz de "de promedio en cómputo anual". Por tanto, no es anómalo trabajar más de 40 horas semanales, mientras que en cómputo anual no se supere esa cifra como promedio.
Además de periodos de jornada inferior durante alguna época del año, también pueden existir otros mecanismos o combinaciones, como por ej vacaciones o festivos adicionales, que permitan que jornadas semanales de 40 horas, de promedio en cómputo anual no superen esa cifra y, por tanto, no es anómalo.
E imagino que irá por ahí la cosa cuando pase a 38,5 horas semanales o las que sean, simplemente se rebajará la jornada semanal de promedio en cómputo anual, sin tener que obsesionarnos en pasar a jornadas semanales exactamente de 38,5 horas (o menos) en aquellos casos en los que ahora se puedan estar trabajando por encima de esa cifra.

De hecho, en el ejemplo que se ponía de inicio, esto es, jornada anual de convenio de 1.759 horas, eso no se corresponde ni por asomo con una jornada de 40 horas semanales de promedio en cómputo anual (y que puede suponer una jornada anual de entre 1.824 a 1.826,25 horas), por lo que 30 horas (que es el ejemplo de jornada reducida que se ponía) tampoco supondrán en ese caso un 75% de la jornada a tiempo completo (salvo, repito, que exista periodos con jornada semanal inferior y/o vacaciones o festivos adicionales de empresa...).
 
Última edición:

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues a mi no me sorprende nada ya.... pueden llegar a pedirte el registro horario (en excel para más Inri), comprobar que trabajo 40 horas a la semana aunque tenga 6 meses de vacaciones al año y sancionar a mi empresa por eso... en fin ya veremos lo que publican al final en el BOE
Eso no tiene porque ser así, repito, mientras el ET, con la cifra de horas semanales que sea, siga manteniendo la coletilla de "de promedio en cómputo anual), al igual que ahora no es necesariamente anómalo trabajar 41, 42, 43... horas a la semana si de promedio en computo anual no sobrepasas las 40 horas semanales (y respetando, claro está, el descanso mínimo semanal, entre jornadas...).
No te obsesiones con las 40 ni con las 38,5, simplemente verifica qué jornada semanal resulta de promedio en computo anual.
 

toni

Miembro conocido
Reducción de jornada de forma transitoria y flexible
En la reunión, el Gobierno ha trasladado también a los agentes sociales una propuesta concreta para determinar cuál debe ser la secuencia de reducción de la jornada para alcanzar las 38,5 horas de jornada máxima legal durante 2024 y las 37,5 horas en 2025.

Para ello, ha avanzado, se reformará el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores «para fijar las 37,5 horas en cómputo anual», para luego, mediante un mecanismo transitorio, ir aplicándola secuencialmente durante esta fase y «con el tiempo y la flexibilidad suficiente para que empresas y trabajadores tengan tiempo de adaptarse a esta reducción de jornada».

Es decir, dentro de 2024, tratarán de que ese objetivo de 38,5 horas «se pueda alcanzar de manera paulatina, que las empresas puedan ajustar su programación sabiendo que van a contar con menos tiempo de trabajo disponible, para lo que tendrán que llevar a cabo otras medidas para ajustarse a ese primer escalón de la limitación».
 

MarLo

Miembro conocido
Epa! Parece que es como decís en estos últimos correos, estoy repasando prensa y el Ministerio de Trabajo apunta a bajar el cómputo anual y no el semanal como inicialmente dijo o dio a entender, todos a revisar convenios y sacar calculadoras


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