jubilación activa

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Miembro
Hola a todos, una empresa va a contratar a un jubilado y se está planteando la posibilidad de solicitar la jubilación activa.

En principio, tanto empresa como trabajador reunen los requisitos para acceder a esta forma de jubilación.

La duda que se me plantea es en relación al compromiso de mantenimiento de empleo. En concreto esta empresa tiene toda su plantilla con contratos por obra y servicio dado que su actividad es de construcción.

Dice el RDL 5/2013 que no se considerará incumplido el requisito de mantenimiento de empleo, entre otras, cuando las extinciones se produzcan por la expiración del tiempo convenido o la realización de la obra objeto del contrato.

Entiendo que en mi caso, sea cual sea el nivel de empleo alcanzado con la nueva contratación, si posteriormente van finalizando el resto de contatos por obra, no se incúmpliría este requisito.

¿Es así o hay algo que se me escapa?

Gracias.

 

FERNANDO

Miembro conocido
A ver, Sandrita, no nos liemos: puedes cumplir con la Ley de jubilación activa, y no hacerlo en lo tocante a la 32/2006. son cosas diferentes, y también diferentes incumplimientos.
 
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