Te refieres a jubilación anticipada o a jubilación parcial. Pues los acuerdos registrados en abril 2013 eran para la jubilación parcial.
Con respecto a la misma cuestión en jubilación parcial la respuesta del INSS es:
Aunque, como norma general, la Ley 27/2011 entra en vigor para hechos causantes posteriores a 31-12-2012, su Disposición Final 12ª.2, establece que se siga aplicando la regulación de la pensión de jubilación, en sus diferentes modalidades, requisitos de acceso, condiciones y reglas de determinación de prestaciones, vigentes antes de la entrada en vigor de esta Ley, a las pensiones de jubilación que se causen antes del 1-1-2019, endeterminados supuestos. El apartado c) de dicha norma establece que:
c. Quienes hayan accedido a la pensión de jubilación parcial con anterioridad a 01-04-2013, así como las personas incorporadas antes de dicha fecha a planes de jubilación parcial, recogidos en convenios colectivos de cualquier ámbito o
acuerdos colectivos de empresa con independencia de que el acceso a la
jubilación parcial se haya producido con anterioridad o posterioridad a
01-04-2013.
Personas incorporadas en planes de jubilación parcial antes de 01-04-2013:
Deberá acreditarse con copia de los convenios colectivos o acuerdos colectivos de empresa, suscritos con anterioridad a dicha fecha, en los que se contemple, en unos y otros un Plan de Jubilaciones Parciales concretando número y período.
Disposición Final 12ª.2 Ley 27/2011, de 1 de agosto, en redacción dada por art.
8 del RDL 5/2013, de 15 de marzo.
Yo me he quedado igual con la misma duda y vosotros?