Una de jubilaciones...Que no me entero mucho, a ver si alguien me puede ayudar.
Un autónomo que cumple los 65 años el 04 de abril y que se va a jubilar en el R. esp de autónomos que es dónde tiene más carencia. (no tiene que esperar los 3 meses porque cumple con los demás requisitos).
Entiendo que hagamos lo que hagamos, los efectos económicos serán a partir del primer día del mes siguiente, es decir, empezaría a cobrar en mayo, no? me explico.
- Si le doy de baja de autónomo del 31/03, para que no pague todo el mes de abril, y en abril presento solicitud de jub. y como no cumple años el 4 de abril, sus efectos eco. serían a partir de mayo.
- Si le tengo de alta de autónomo todo el mes de abril, ya que no puedo darle de baja del día 03 ni pagar sólo 3 días de autónomo, sus efectos económicos también serían del 01 demayo, no?
Es que el Sr. quiere que sus efectos económicos sean del día que cumple los 65 años, pero por lo que veo, creo entender que siempre serán a partir del primer día del mes siguiente al del hecho causante, a no ser que cumpla años el último día de un mes siempre se pierden días, no?
Un autónomo que cumple los 65 años el 04 de abril y que se va a jubilar en el R. esp de autónomos que es dónde tiene más carencia. (no tiene que esperar los 3 meses porque cumple con los demás requisitos).
Entiendo que hagamos lo que hagamos, los efectos económicos serán a partir del primer día del mes siguiente, es decir, empezaría a cobrar en mayo, no? me explico.
- Si le doy de baja de autónomo del 31/03, para que no pague todo el mes de abril, y en abril presento solicitud de jub. y como no cumple años el 4 de abril, sus efectos eco. serían a partir de mayo.
- Si le tengo de alta de autónomo todo el mes de abril, ya que no puedo darle de baja del día 03 ni pagar sólo 3 días de autónomo, sus efectos económicos también serían del 01 demayo, no?
Es que el Sr. quiere que sus efectos económicos sean del día que cumple los 65 años, pero por lo que veo, creo entender que siempre serán a partir del primer día del mes siguiente al del hecho causante, a no ser que cumpla años el último día de un mes siempre se pierden días, no?