Hola,
Pues no estoy en desacuerdo totalmente con Javier, si bien creo que su contestación no responde a la pregunta que se formula porque el preguntante no manifiesta duda sobre cual sería en estos momentos la pensión máxima, sino cual sería el importe máximo a cobrar. Es decir, que no es lo mismo la pensión máxima que te reconozcan (que es la que dice Javier), que la pensión que cobres, después de aplicar la correspondiente retención de IRPF. Y esto es importante conocerlo, pues la cuestión cuando menos supone un análisis reflexivo:
En el presente año y como hemos visto en el enlace, la pensión máxima que se puede reconocer en la S.Social es de 2.441,75 mensuales, con dos pagas extraordinarias. Es decir, que para llegar a esta situación es necesario, solicitar la misma con 65 años, acreditar también 35 de cotización y además que en los últimos 180 meses se haya cotizado por la base máxima, cuestión nada fácil para una carrera laboral en esta última etapa. De esta forma la base reguladora nos daría el importe necesario para que igualando o superando esta cantidad, se pudiese reconocer en esa cifra como máximo la pensión.
Pero no solo lo anterior, pues como digo más arriba, una cosa es reconocerte una determinada cuantía en la prestación (referenciamos a la máxima, 2441,75/mes) y otra es el importe que llega al trabajador tras pasar los filtros impositivos de los "primos" de la "familia", considerando a la entidad gestora (INSS), emparentada familiarmente con la AEAT. Es decir, a poco que echemos cuentas nos encontraríamos con:
- Una retribución de pensión anual de 2441,75 * 14 = 31.184,50
- Un porcentaje de retención del IRPF igual al 18,82%, si el pensionista es soltero o viudo y muy aproximado si el pensionista tiene conyuge a cargo. Por cierto, en el programa de retenciones de Hacienda, tanto los solteros o viudos, como los casados, le asigna la misma retención. Supongo que el mismo tendrá algún error y estará mal, porque la versión la tengo actualizada.
En definitiva, si hacemos cuentas, las 31.184,75 * 18,82%, nos daría un importe de retención anual de 6.433,52 , que restada de las primera llegaríamos a obtener 27.750,98 limpios, que dividido en 14 pagas se nos quedaría en una pensión de 1.982,21/ mes, con catorce pagas.
Con saludos