Buenas, un par de preguntas, que en realidad están relacionadas. Hace tiempo, tenía un contacto en la sección de jubilación del INSS y le hacía consultas sobre casos concretos por correo electrónico, que me contestaba amablemente. Se jubiló hace un par de años y desde entonces, no encuentro manera de presentar consultas al INSS sobre temas de jubilación, pero quizá me pierdo en algo; conocéis algún canal para formular consultas al INSS??
Por otro lado, os consulto la duda que tengo sobre un caso concreto. Trabajador que va a acceder a jubilación parcial, con contrato de relevo. Cumple con los requisitos generales de antigüedad en la empresa, correspondencia de 65% entre bases, etc. No es industria manufacturera. En el momento de acceder a la jubilación parcial, tiene 36 años cotizados, por lo que, salvo error, su edad ordinaria de jubilación sería por ejemplo en el 2026, 66 años y 10 meses, al no tener los 38 años y 3 meses de cotización. Mi duda es, fechas a parte, si durante la jubilación parcial alcanza los 38 años y 3 meses, se puede jubilar totalmente al alcanzar estos años de cotización o tiene que ir hasta la fecha donde alcance la edad requerida por no tener en aquel momento la cotización suficiente??
No sé si me he explicado y perdón por tanta literatura.
Muchas gracias de antemano.
Por otro lado, os consulto la duda que tengo sobre un caso concreto. Trabajador que va a acceder a jubilación parcial, con contrato de relevo. Cumple con los requisitos generales de antigüedad en la empresa, correspondencia de 65% entre bases, etc. No es industria manufacturera. En el momento de acceder a la jubilación parcial, tiene 36 años cotizados, por lo que, salvo error, su edad ordinaria de jubilación sería por ejemplo en el 2026, 66 años y 10 meses, al no tener los 38 años y 3 meses de cotización. Mi duda es, fechas a parte, si durante la jubilación parcial alcanza los 38 años y 3 meses, se puede jubilar totalmente al alcanzar estos años de cotización o tiene que ir hasta la fecha donde alcance la edad requerida por no tener en aquel momento la cotización suficiente??
No sé si me he explicado y perdón por tanta literatura.
Muchas gracias de antemano.