JUBILACION ANTICIPADA. ( MUY INTERESANTE PARA VARIOS COLECTIVOS)

calamog

Miembro
JUBILACION ANTICIPADA.

La Ley actual, que estará vigente hasta 31/12/2012 fija en 30 años los años cotizados precisos para optar a la jubilación anticipada a los 61 años. La Ley ya aprobada 27/2011 pero que tendrá efectos a partir del 01/01/2013 los fija en 33 años. Sin embargo parece que hay una excepción  en la disposición final duodécima, punto 2º, apartado A

Si mi contrato se extinguió de forma involuntaria antes de la publicación de la nueva ley de pensiones, es decir, antes del 2 de agosto de 2011, aunque te jubiles con la nueva Ley que establece 33 años, podrás hacerlo con 30 años y a los 61 de edad, después del 2013.

Estoy en lo cierto??

saludos.

 

archilla

Nuevo miembro
Sí, pero si trabajaras un solo día ya no seria de aplicacion eso.

Y digo sí porque aunque la disposicion final indicada dice literalmente en el apartado 2 "regulación de la pensión de jubilación" se puede entender que incluye TODAS las pensiones de jubilacion incluidas las anticipadas.



Mira este cuadro comparativo y compilatorio, aunque no viene esa disposicion final como tal, "parece" que algo incorpora al art. 161 bis de la Ley

http://www.confcuadros.com/files/documentos/Cuadro-comparativo-NORMAS-tras-la-LEY-27_2011.pdf


Sin embargo la "compilacion " realizadas por noticias juridicas AUN NO y sí recoge plenamente el tema de los 61 años:
http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/rdleg1-1994.t2.html#a161b

 

calamog

Miembro
Entoces queda claro o no, que por haber sido despedido involuntariamente ( año 2009) antes de la publicacion 2/8/11 de  la nueva Ley ,  y siga en el desempleo pueda acogerme a la actual en su momento. Y pueda jubilarme a los 61 años o mas y  con 30 cotizados. ??


saludos.
 
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