JUBILACION EMPRESARIO-BAJA TRABAJADORES

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APRENDIZAJE

Guest
Una duda de fechas:
Una empresaria se va a jubilar. Por tanto dará de baja a los trabajadores por esta razon, pagandoles de indemnizacion 1 mes de salario.
Como caso las fechas?. Según creo, para dar de baja a los trabajadores debe tener reconocida la situacion de pensionista la empresaria, no?. Entonces, ¿cuándo ceso a la empresaria en hacienda?. Es decir, ¿cual es el orden de los pasos?.

1-Pido pension. por ejemplo me la reconocen el 28-febrero.
2-Baja de trabajadores 28-febrero.
3-Baja en censos de hacienda en igual fecha.

Mi duda es:¿pido la pension sin hacerle la baja en hacienda por cese de actividad.....?. O doy la baja en hacienda 1º, pero mantengo a los trabajadores de alta¿?. me suena raro....
GRACIAS.
 

FERNANDO

Miembro conocido
La fecha debe ser la de la concesión de la pensión. Pero ten resolución administrativa. Cesarás en hacienda a la empresaria y extinguirás la relación laboral una vez hechos todos los pasos de cerrar la empresa.
 
A

APRENDIZAJE

Guest
Fernando gracias por ayudarme.
Es lo que había leido por ahí.
Entonces (corrigeme si me equivoco). Lo 1º es pedir la pension de jubilación y cuando tenga la resolucion con fecha por ejemplo 28-febrero, con esa fecha doy de baja a los trabajadores, y la doy de baja en la actividad en hacienda. correcto????. MIL GRACIAS
 

FERNANDO

Miembro conocido
Así es; con la resolución en la mano, da de baja a los trabajadores una vez acabados los trámites de cierre de la empresa.
 
A

APRENDIZAJE

Guest
GRACIAS, ASI LO HARÉ. VOY A PEDIR AHORA LA PENSION. ESPERO QUE NO TARDE DEMASIADO, PORQUE LOS TRABAJADORES YA NO ESTÁN TRABAJANDO, PERO HABRA Q MANTENERLOS DE ALTA Y PAGARLES HASTA TENER LA RESOLUCION..........
 
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