jubilacion forzosa Ind. Siderometalúrgica

Mr. White

Miembro activo
Hay que ir a las causas y no decir una generalidad de que las mujeres cobran menos. Esto es por:

- Empleos de menor cualificación.
- Menos horas trabajadas (tiempo parcial).
- Dificultad en puestos cualificados y carrera profesional más lenta.
- Menos flexibilidad (menos pluses disponibilidad, turnos...).

Todos esos puntos lo que acreditan es justo que hay discriminación, no ya solo salarial, sino de acceso al empleo de calidad.

Si es la mujer la que reduce jornada para cuidar hijos, familiares,... lo demás viene solo: menos flexibilidad (porque no puede, no porque no quiera), acceso a empleos de menor cualificación (techos de cristal), carrera más profesional más lenta, menos horas trabajadas...

Viene muy bien elaborar un Plan de Igualdad para comprobar que aspectos objetivos que uno cree que son neutros son absolutamente discriminatorios...

Y lo dicho, se puede cumplir Convenio y a la vez discriminar porque unas tienen vulva y otros pene.
 

Mr. White

Miembro activo
fundación dijo:
El paquete de medidas que se comenta que van a imponer el viernes:

- Permiso de paternidad: se amplía de forma progresiva el permiso de paternidad hasta las 16 semanas en 2021, equiparándolo así al permiso de maternidad. El texto propone una reforma del Estatuto de los Trabajadores en la que se incluye que "el nacimiento suspenderá el contrato de trabajo del progenitor distinto de la madre biológica durante 16 semanas", de las que "serán obligatorias las seis semanas ininterrumpidas inmediatamente posteriores al parto", a disfrutar "a jornada completa". Más adelante especifica que, a partir de la entrada en vigor de esta ley, "el otro progenitor/a contará con un periodo de suspensión total de ocho semanas", de las cuales las seis primeras deberá disfrutarlas de forma ininterrumpida inmediatamente tras el parto. Asimismo, precisa que la "madre biológica podrá ceder al otro progenitor/a un periodo de hasta cuatro semanas de su periodo de suspensión de disfrute no obligatorio".

- Registro de salarios: el Gobierno obligará a las empresas a llevar un registro con la media de los salarios y los complementos de la plantilla, desagregado por sexo y distribuido por grupos y categorías profesionales. Además, los trabajadores tendrán derecho a consultar este registro de sueldos.

- Discriminación salarial: en las empresas con al menos 25 trabajadores se entenderá que existe "discriminación salarial por razón de sexo" cuando el promedio retributivo de los trabajadores de un sexo supere al otro en un 25% o más.

- Planes de igualdad: la obligación de elaborar planes de igualdad se amplía a las compañías con más de 50 trabajadores frente a las de más de 250 como sucede en la actualidad, y tales planes tendrán que inscribirse en un registro público.

- Tiempo parcial: en el caso de trabajadores a tiempo parcial, las empresas tendrán que retribuir las horas complementarias como si fueran extraordinarias.

- Consejos paritarios: se impondrá una cuota femenina en los consejos de administración de las empresas cotizadas.

Muy bien, se hace camino al andar (pero no en caballo).
 
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