Buenas tardes;
Considero que, efectivamente, se incluiría dentro del régimen general de seguridad social, no obstante, matizaría a la respuesta anterior, que no sólo para incluir a un trabajador en el régimen general , viene determinado no sólo por la convivencia con el familiar, sino también con la naturaleza asalariada de la relación laboral. Art. 3.e LET