JUBILACION PERSONA FISICA

gesfi

Nuevo miembro
Tengo una duda, entendeis que una persona fisica cuando se jubila y continua con la titularidad del negocio, debe apoderar a alguien para efectuar la labor diaria de la empresa, como por ejemplo comprar mercancia, firmar contratos etc.
 

gesfi

Nuevo miembro
En este caso es su hijo, en que regimen estaria sino convive, en autonomos o regimen general?
 
A

ASENJO

Guest
Buenas tardes;

Considero que, efectivamente, se incluiría dentro del régimen general de seguridad social, no obstante, matizaría a la respuesta anterior, que no sólo para incluir a un trabajador en el régimen general , viene determinado no sólo por la convivencia con el familiar, sino también con la naturaleza asalariada de la relación laboral. Art. 3.e LET
 
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