JUBILACION

  • Iniciador del tema val2005
  • Fecha de inicio
V

val2005

Guest
El caso es una señora que está en el regimen de empleadas de hogar en una casa 3 horas al día y también trabaja en el régimen general  4 horas más al día.

Estas cotizaciones se que no se superponen para el periodo de carencia exigido, pero ¿consta como si estuviese cotizando por 7 horas al día?
 
Arriba