Hola!
Os planteo una duda que tengo sobre un juicio señalado para el mes que viene (que quizá se celebre telemáticamente y sin toga, a la espera de comunicación por el juzgado..).
El trabajador presta servicios en una empresa con convenio de instalaciones acuáticas y cada cierto tiempo según las necesidades de la empresa, se le modifica la jornada pasando de trabajar 40h a 30-36h (en este caso, se dedica al mantenimiento de piscinas, y en verano no pueden trabajar 40h ya que la apertura al público de las piscinas comunitarias en temprana).
El trabajador que tiene una antiguedad de 10 años, ha visto modificada su jornada en más de 9 ocasiones, y en todas ellas ha prestado su consentimiento firmando la comunicación de cambio de jornada. El año pasado firmó el cambio de jornada en mayo de 2019 y en diciembre de 2019 plantea demanda por considerar la medida injustificada o nula, alegando la sentencia del TJUE donde dice que la novación de jornada de tiempo completo a parcial no puede realizarse (salvo que haya consentimiento).
Para complicar más las cosas, el documento que el trabajador firmó ha desaparecido como consecuencia de las riadas ocurridas en septiembre de 2019 (a tal efecto está la escritura de presencia notarial aportada al procedimiento), si bien existen testigos que acreditan la firma del citado documento, pero la empresa no le entregó copia del mismo.
Mis dudas son las siguientes:
- CADUCIDAD de la acción: entiendo que opera el plazo de 20 días (el plazo de 1 año por alegar que la modificación es contraria a la formación del trabajor o atenta contra su dignidad ni siquiera lo alega y no aplica en este asunto).
La empresa no notificó la variación de jornada con la antelación de 15 días, ya que el documento está fechado con la fecha del cambio, pero entiendo que el plazo comienza desde la notificación a pesar de haber incumplido el preaviso (sentencia del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2014 «1. Tras la entrada en vigor de la Ley 36/2011 (LRJS), el controvertido plazo de 20 días caducidad para la impugnación de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo es aplicable en todo caso, aun cuando no se haya seguido el trámite del art. 41 ET.).
- REDUCCION DE JORNADA: en la demanda se alega que la reducción es del 100 al 62,5%, si bien la realidad es que la reducción fue del 100 al 90%, pero entiendo que podrá aclararlo en el acto de juicio.
- El hecho de no tener el documento para demostrar la conformidad del trabajador con su firma por causas ajenas a la voluntad de la empresa, considero que se puede acreditar con la testifical, y además de añadir que a lo largo de la prestación de servicios ha visto modificada su jornada en 9 ocasiones estando de acuerdo en todos los casos.
Disculpad la biblia que he puesto...estoy intentando desconectar un poco de tanto ERTE, quejas de empresarios, de cuando cobran los trabajadores, de trabajar día y noche..y he decidido empezar a prepararme los juicios señalados. Y encima este juicio es de un nuevo cliente que nos ha llegado...
Cualquier comentario se agradece!
Os planteo una duda que tengo sobre un juicio señalado para el mes que viene (que quizá se celebre telemáticamente y sin toga, a la espera de comunicación por el juzgado..).
El trabajador presta servicios en una empresa con convenio de instalaciones acuáticas y cada cierto tiempo según las necesidades de la empresa, se le modifica la jornada pasando de trabajar 40h a 30-36h (en este caso, se dedica al mantenimiento de piscinas, y en verano no pueden trabajar 40h ya que la apertura al público de las piscinas comunitarias en temprana).
El trabajador que tiene una antiguedad de 10 años, ha visto modificada su jornada en más de 9 ocasiones, y en todas ellas ha prestado su consentimiento firmando la comunicación de cambio de jornada. El año pasado firmó el cambio de jornada en mayo de 2019 y en diciembre de 2019 plantea demanda por considerar la medida injustificada o nula, alegando la sentencia del TJUE donde dice que la novación de jornada de tiempo completo a parcial no puede realizarse (salvo que haya consentimiento).
Para complicar más las cosas, el documento que el trabajador firmó ha desaparecido como consecuencia de las riadas ocurridas en septiembre de 2019 (a tal efecto está la escritura de presencia notarial aportada al procedimiento), si bien existen testigos que acreditan la firma del citado documento, pero la empresa no le entregó copia del mismo.
Mis dudas son las siguientes:
- CADUCIDAD de la acción: entiendo que opera el plazo de 20 días (el plazo de 1 año por alegar que la modificación es contraria a la formación del trabajor o atenta contra su dignidad ni siquiera lo alega y no aplica en este asunto).
La empresa no notificó la variación de jornada con la antelación de 15 días, ya que el documento está fechado con la fecha del cambio, pero entiendo que el plazo comienza desde la notificación a pesar de haber incumplido el preaviso (sentencia del Tribunal Supremo de 21 de octubre de 2014 «1. Tras la entrada en vigor de la Ley 36/2011 (LRJS), el controvertido plazo de 20 días caducidad para la impugnación de modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo es aplicable en todo caso, aun cuando no se haya seguido el trámite del art. 41 ET.).
- REDUCCION DE JORNADA: en la demanda se alega que la reducción es del 100 al 62,5%, si bien la realidad es que la reducción fue del 100 al 90%, pero entiendo que podrá aclararlo en el acto de juicio.
- El hecho de no tener el documento para demostrar la conformidad del trabajador con su firma por causas ajenas a la voluntad de la empresa, considero que se puede acreditar con la testifical, y además de añadir que a lo largo de la prestación de servicios ha visto modificada su jornada en 9 ocasiones estando de acuerdo en todos los casos.
Disculpad la biblia que he puesto...estoy intentando desconectar un poco de tanto ERTE, quejas de empresarios, de cuando cobran los trabajadores, de trabajar día y noche..y he decidido empezar a prepararme los juicios señalados. Y encima este juicio es de un nuevo cliente que nos ha llegado...
Cualquier comentario se agradece!