A ver... sí, recientemente ha cambiadoi la dinámica de los partes de baja, confirmación y alta de IT, pero el que exista la posibilidad de dar la baja por uno o dos dias no es nuevo. Es cierto que era poco habitual y que en ocasiones, cuando podría proceder emitirlo con esa duración los propios médicos se resistían en muchos casos a hacerlo (bien por desconocimiento de esa posibilidad, por cumplir objetivos estadisticos, por pensar que no tiene más consecuencias partiendo de la base de que por dos días no se cobra prestación, ignorando las mejoras que pueden exsitir en cada convenio o empresa, etc.), pero, repito, la posibilidad de emitir un parte de baja por IT propiamente dicho por uno o dos dias ya existía antes de los referidos recientes cambios.
Y de hecho, y de forma así rápida y, sin duda, no exhaustiva, adjunto unos cuantos links a diversos posts que sobre este mismo tema se han venido planteando en este foro en los últimos años (algunos con una antigüedad de 6 o 7 años) y que así lo evidencian:
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=2696.msg10096#msg10096
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=5858.msg20346#msg20346
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=6161.msg21794#msg21794
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=10943.msg46482#msg46482
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=10594.0
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=12094.msg53719#msg53719
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=9980.msg39306#msg39306
http://elasesorlaboral.es/foro/index.php?topic=15570.msg62765#msg62765
Respecto al tema de fondo, me remito a lo que ya he podido comentar en mis intervenciones es cualquiera de esos post (algunos iluistrados con experiencias personales), pero, en resumen, salvo regulación específica en convenio o política de empresa (en este último caso ya es problema de la empresa su existencia y la regulación que le haya querido dar), ante este tipo de situaciones y si quien extiende esa recomendación de reposo es precisamente el facultativo del servicio público de salud (justo el autorizado para emitir los partes de IT), lo que debe hacer es dejarse de "recomendaciones" de dudoso valor legal (y que siempre pueden dar pie a confusión o polémica) y, en base al estado de salud del paciente y su actividad laboral, decidir si está en condiciones o no de trabajar. Y si no lo está, pues que se deje de "recomendaciones" y exitenda la baja por IT propiamente dicha, aunque sea por uno o dos días.
Lo de "recomendar" parece dejar a criterio del trabajador el si ir a trabajar o no ("mira, yo de ti no iria, haria reposo". Pues bien, si es así, que le dé la baja, caramba!), incluso alguno podría pensar que no lo ha visto tan mal como para darle la baja.
El problema, como comentamos en muchos de esos post, es que a veces, ante una pequeña indisposición, que puede requerir o aconsejar un simple y corto reposo, el pretender hacer bien las cosas e ir expresamente al medíco (y del servicio público de salud, pidendo hora, etc), como mero trámite administrativo para conseguir la baja más que para recibir asistencia e impidiendo precisamente guardar ese reposo, puede parecer absurdo, pero el sistema está así montado, pero es que, ostras! ya que has acabado yendo al médico, desplazandote, pìdiendo hora, esperando turno, etc, si elñ final el médico no vé que estoy en condiciones de trabajar, pues ya que he hecho todas esas cosas y en esas circuntancias para ir a verle, pues que me de la baja, caramba!, cualquier otra cosa distinta a la baja que me pueda dar (justificante, recomendación...) ni tiene los efectos de la baja, ni tienen una regulación lega e incluso puede dar pie a pensar que realmente no estaba tan mal ya que la baja no se la han dado (y podrían), justificando, a lo sumo, que ha ido al médico, nada más.
En cuanto al cómputo de las 48 horas de la recomendación... lo dicho, salvo previsión de convenio o politñica de empresa, el tema no está regulado, por lo que ése será un fleco o cuestión más que la empresa deberá decicir como trata. Por lógica podemos entender que si esa recomendación de reposar 48 horas se la han dado al final de la jornada laboral, de seguir esa recomendación y en su totalidad, podría dejar de trabajar de forma efectiva durante las dos siguientes jornadas (incluyendo posibles dias de desanso que puedan coincidir dentro de esas 48 horas), pero es que si hablamos de lógica..., en fin lo dicho, lo suyo es que le den la baja por it si realmente el médico entiende que no debe trabajar durante ese tiempo.
Saludos