KILOMETRAJE

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes:
Me acaba de entrar una empresa nueva donde tienen dos trabajadores que son comerciales.
La empresa les facilita una tarjeta( a nombre de la empresa, claro está) y con ella pagan todos los gastos que ocasión por la realización de su trabajo.

La cuestión, podría meter en nomina , el desgaste de la utilización de su coche particular como gastos de kilometraje ( 0.19e/km) , aunque la empresa con dicha tarjeta ya le esta pagando gasolina, peaje , comidas....

Y si fuera correcto, los recibos de la tarjeta donde aparezcan los gastos puede ser justificante suficiente para calcular los KM mensuales que ha realizado cada trabajador??


gemma
 

mvictor

Nuevo miembro
Buenas tardes Gemma.

Salvo mejor opinión, los Kilómetros son en compensación de los importes que el trabajador satisface por su cuenta (gasolina, desgaste vehículo etc) y se controlan mediante fichas de trabajo en las que se registran los distintos movimientos del mes del trabajador (a modo de ejemplo, creo que hay muchas formas de controlarlo, si son transportistas tacógrafo, etc..).

Si la empresa facilita una tarjeta al trabajador, ya no procedería compensarle dichos kilómetros, puesto que se hace cargo del gasto directamente y no habría que duplicarlo.

Espero estar en lo cierto y haberte podido ayudar.

Saludos compañer@s
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenas tardes: Yo realmente es lo que pienso, pero hemos estado "discutiendo" mi compi y yo, sobre este tema, y mi compañera me ha  expuesto que porque no podemos poner los gastos de kilometraje( el desplazamiento está justificado) de 0.19e/km aunque ellos tenga una tarjeta a nombre de la empresa  y paguen con ella todos los gastos inherentes a la realización de los desplazamientos que hacen , si con gastos de kilometraje se entiende también el desgaste del vehiculo??
y ahí me ha hecho dudar.

Ufff....
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Si pasa el kilometraje y por ese importe (0'19€/km, maximo exento)  no puedes, además,pagarle la gasolina. De hecho, pagarle la gasolina sería propio si utilzara vehículo de empresa (se supone que si es su vehículo particular, el único gasto a compensar no es la gasolina sino el mantenimiento y desgaste propiamente dicjo del vehículo. Por eso el importe del kilometraje suele suponer algo más que simplemente el consumo de gasolina).
Bueno, puedes compensarle lo que quieras, pero otra cosa es que este exento.

En resumen, vehiculo  particular, kilometraje, vehículo de empresa, gasolina (bueno, y adicionalmente, claro y en su caso y otro peajes, parking...).

Saludos
 

GEMMAMAT

Nuevo miembro
Buenos días
Nando , perdón ,no te he entendido bien, quieres decir que:
Si gasta su coche aunque la empresa pague la gasolina,peajes y demás con la tarjeta de la empresa, la empresa si justifica los desplazamientos, si que puede poner el importe??


Gracias

 

Nando_bcn

Miembro conocido
Hola,

lo que quería decir es que no puedes compensarle (al menos pretendiendo que quede todo exento) abonándole 0,19€ por km y, además, pagarle la gasolina.
Es más, lo de pagar la gasolina es propio de cuando se utiliza un vehículo puesto a disposición por parte de la empresa (propiedad de la empresa, o por renting, o alquilado puntualmente, etc,).
Si el trabajador utiliza su vehículo particular, lo lógico es que se le compense por un importe a tanto alzado por km (y que se supone debe cubrir no sólo la gasolina, sino, como comentaba, otros costes asociados a ese desplazamiento y que efectan al vehículo, como puede ser el propio desgaste, mantenimiento, etc).
En todo caso, cada empresa puede tener su propia política de compensación de gastos o puede pactar con cada empleado las condiciones que crea oportunas. La norma lo único que marca es un máximo exento, que actualmente es de 0,19€ por KM (puedes pagar menos, justo eso o más, pero si pagas más tributarás y cotizarás por el exceso).  Pero repito, ahí, entre otros conceptos, se supone que ya está incuído el consumo de gasolina.
Por eso digo que si le pagas la gasolina y los 0,19€ por km, puedes hacerlo si quieres (como si le regalas, además, un lavado a la cera por viaje), pero no puedes pretender que todo eso esté exento.
Y, repito, el pago meramente del consumo de gasolina, es propio de hacer uso de un vehículo puesto a disposición por parte de la empresa.Vendria a ser un suplido, es decir, un gasto incurrido realmente por al empresa y respecto al que ésta se limita a reembolsar el importe justificado que ha abonado en su nombre el trabajador.
Si se usa el vehiculo privado del trabajador, lo lógico es que que abone un importe a tanto alzado (pero en base a la distancia relamente recorrida y por motivos laborales, claro) que compense ese conjunto de cosas (consumo de gasolina y otros consumibles, desgaste, mantenimiento...).

Y, como decía, otro tipo de gastos incurridos y acreditables (peajes, parkings,,,) van a parte, claro. mientras se jusifiquen (gasto y que ha sido por motivos de desplazamientos por trabajo) estarán exentos.

No sé si he conseguido explicarme mejor.

Saludos
 
Arriba