kit digital ¿Pero que **** es esto?

pajarillo

Miembro conocido
Buenas. Mis disculpas por no ser esto un tema estrictamente laboral, pero bueno, como nuestra idea era aplicar el kit digital en nuestra asesoría....

El caso es que lo pedí hace unas 3 semanas, y me ha llegado un requerimiento de subsanación. Me pongo a leerlo y me quedo de piedra. Se nos achaca todo incumplimiento habido y por haber en el Sistema Solar.. Mi consulta es, ¿habéis gestionado alguno esto del kit digital?, ¿os han llegado requerimientos llenos de falsedades como este?

Como ejemplo os pongo una parte del email que les he enviado, porque esto no tiene ni pies ni cabeza:

  • 9.1 La consulta de oficio acredita que el solicitante está en situación de concurso - La entidad NO está en concurso de acreedores, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere (El convenio suscrito y la Resolución judicial que acredite el cumplimiento y la finalización del convenio).
  • 10.1 La consulta de oficio acredita que el solicitante está sancionado mediante resolución firme por el órgano - La entidad no ha sido sancionada mediante resolución firme por el órgano, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere (Resolución del órgano administrativo que sancionó, a fin de verificar que ha finalizado la sanción impuesta).
  • 10.2 La consulta de oficio realizada acredita que el solicitante ha sido condenado mediantesentencia firme - La entidad no ha sido sancionada mediante sentencia firme, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere ( Resolución judicial que pruebe que, a fecha de la presentación de la solicitud, ha finalizado el periodo de inhabilitación del solicitante para obtener subvenciones y otras ayudas públicas.)
  • 10.13 La consulta de oficio realizada acredita que el solicitante ha sido condenado y sancionado - La entidad no ha sido condenada ni sancionada, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere ( Resolución del órgano administrativo que sancionó, a fin de verificar que ha finalizado la sanción impuesta. Resolución judicial que pruebe que, a fecha de la presentación de la solicitud, ha finalizado el periodo de inhabilitación del solicitante para obtener subvenciones y otras ayudas públicas).
  • 12.1 La consulta de oficio acredita que el solicitante está inhabilitado para contratar - La entidad no ha sido inhabilitada para contratar, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere ( Resolución del órgano administrativo que sancionó, a fin de verificar que la prohibición para celebrar contratos con la Administración u otros entes públicos ha finalizado).
  • 13.1 La consulta de oficio indica que el solicitante no se halla al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones - La entidad no tiene obligaciones de reintegrar subvenciones, por lo que es absurdo que el tramitador haya verificado realmente si la entidad solicitante tiene pendientes obligaciones de pago de reintegro de subvenciones. En consecuencia, es IMPOSIBLE inhabilitada para contratar, por lo que resulta IMPOSIBLE efectuar el pago o pagos de reintegros pendientes y se informe de ello aportando la declaración responsable incluida en el formulario de subsanación.
  • 16.2 La consulta oficio no acredita consideración empresa en crisis, apartado c), y no ha aportado documentación que permita validar el requisito - La entidad NO está en concurso de acreedores, por lo que resulta IMPOSIBLE aportar la documentación que se requiere (El convenio suscrito y la Resolución judicial que acredite el cumplimiento y la finalización del convenio).
Y la cosa suma y sigue, pero no es cuestión de poner las 28 páginas de requerimiento.
Es que parece que tienen orden de arriba de no conceder esta ayuda....
Para mí que se han fundido los fondos europeos en gastos ordinarios, y no saben que hacer.
 

elchuske

Miembro conocido
Si. He visto algunos y después de tramitar uno se acabo la historia. Es un fraude de libro. Así que nos negamos a tramitar mas. Pero eso que te han escrito se lo envían a algunos que he visto pero no tanto como te indican. Contéstales y no te preocupes.
 

reb

Miembro conocido
Mm yo solicité el kit y en cuestión de dos-tres semanas nos lo concedieron sin requerimiento alguno :/ (6000€) ( y muchas cosas las puse al tuntún porque no sabía exactamente a que se referián)
igual has tenido mala suerte porque me parece una barbaridad eso que dices
 
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