Kit digital contabilizarlo

José2022

Miembro activo
Buenas!!

¿Vosotros cómo contabilizados el kit digital en E. Directa?
Yo he tenido un caso hasta ahora y el gasto de la base imponible de la factura lo puse como GASTO NO DEDUCIBLE y contabilizar el IVA normal para deducirlo en el modelo 303.Luego en la renta del 2025 declarar esa subvención.

Un compañero me dice que el mete la base imponible como gasto y luego declararlo en la renta y quedaria a 0.
Igual se equivoca y quiere decir meterlo a en ingreso en el trimestral y también como gasto y así se compensa,pero luego tiene que declarar como subvención en la renta.

¿Cual es la forma correcta?

Gracias de antemano
 

Simpan

Miembro activo
Se contabiliza como gasto en la cuenta que corresponda y como ingreso de una subvención (cuenta 746). Va a ser menos importe a pagar al proveedor.

Entiendo que la imputación temporal dependerá de si es un servicio o se lleva a inmovilizado.
 
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