La ley de Justicia Gratuita y los Graduados Sociales: un olvido corregible

uxio

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El recientemente aprobado texto del proyecto de Ley de Justicia Gratuita no contiene ni una sola referencia a los Graduados Sociales, a pesar de ser los profesionales procesalmente adecuados y preparados para el ejercicio de la representación y asistencia técnica de las parte ante la Jurisdicción Social.

Los motivos de este silencio desde una vertiente política se deben sin duda a la inoperancia de los que en vez de velar por la defensa de los intereses de la profesión prefieren hacer jolgorios, eso sí a cuenta de nuestras cuotas colegiales, en vez de informes técnicos que esgrimir contra quienes nos niegan nuestro protagonismo profesional. Pero dejare este aspecto político del tema para centrarme en el aspecto técnico jurídico del mismo.

El texto del proyecto va camino de las cortes y en ellas sería deseable que este olvido fuera corregido y para ayudar a ello expondré lo que considero es un error técnico del proyecto que para ser corregido debería de mencionar a los graduados sociales.

Así señalare que el dicho texto en el artículo seis punto uno letra c) dice:

“c) Defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal mediante auto motivado para garantizar la igualdad de las partes en el proceso.”

Ahora bien que ocurre cuando tal defensa y representación gratuitas son expresamente requeridas por el Juez de lo Social para garantizar la igualdad de las partes en el proceso. Pues que se ha de acudir a lo dispuesto en el Artículo 21. 2 del texto de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, que dice:

“Si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, lo hará constar en la demanda. Asimismo, el demandado pondrá esta circunstancia en conocimiento del juzgado o tribunal por escrito, dentro de los dos días siguientes al de su citación para el juicio, con objeto de que, trasladada tal intención al actor, pueda éste estar representado técnicamente por graduado social colegiado o representado por procurador, designar abogado en otro plazo igual o solicitar su designación a través del turno de oficio. La falta de cumplimiento de estos requisitos supone la renuncia de la parte al derecho de valerse en el acto de juicio de abogado, procurador o graduado social colegiado”

Esto significa que por el Juez de lo Social para garantizar la igualdad de las partes en el proceso puede requerir que se nombre graduado social colegiado cuando una de las partes lo utilice y el requerido puede pedir que se le nombre de forma gratuita. Como en la jurisdicción social el uso de abogado o de procurador es facultativa y no obligatoria NO SE PUEDE IMPONER al usuario de la Justicia el que use este tipo de profesionales.

Por lo tanto el texto del proyecto de Ley de Justicia Gratuita debe ser técnicamente corregido para añadir en el texto citado al Graduado Social Colegiado , y así en concordancia con los textos procesales en vigor y con las competencias que el artículo 545.3 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial reconoce a estos profesionales como objeto de la cobertura de la prestación de Justicia Gratuita que el 119 de la Constitución española establece.

Por lo tanto, salvo mejor opinión, el texto del proyecto de Ley de la Justicia Gratuita debería ser corregido en el siguiente sentido:

“c) Defensa y representación gratuitas por Abogado y Procurador o por Graduado Social Colegiado en el procedimiento judicial, cuando la intervención de estos profesionales sea legalmente preceptiva o, cuando no siéndolo, sea expresamente requerida por el Juzgado o Tribunal mediante auto motivado para garantizar la igualdad de las partes en el proceso.”

El texto del proyecto de ley se puede ver en : http://elgraduadosocial.com/Anteproyecto_Juridica_Gratuita.pdf?goback=%2Egde_3741220_member_203746640
 
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