2ª El cuerpo de la comunicación indica lo siguiente:
«La TGSS, de conformidad con la facultad de comprobación que le otorga el artículo 36 de la LGSS, ha procedido a revisar la liquidación xxxxxxxxxxxxxxx, correspondiente al CCC xxxxxxxxxxxx, Régimen 0111 y Periodo de liquidación AÑO/MES-MES, al haberse detectado variaciones, realizadas con posterioridad a su presentación, que afectan a los cálculos efectuados.
La liquidación mencionada no ha podido ser actualizada en función de los nuevos datos debido a la falta de información necesaria para ello. En consecuencia, deberá proceder a comunicar los datos correspondientes a los trabajadores no calculados, mediante la remisión de un fichero de bases actualizado y, a continuación, confirmar la liquidación. El plazo habilitado para realizar estas actuaciones finalizará: * El día 25 del mes, para comunicaciones emitidas entre los días 1 y 15 del mismo mes.* El día 10 del mes siguiente, para comunicaciones emitidas entre los días 16 y último de mes. La información detallada de todo el procedimiento se encuentra disponible en.
me ha llegado de 102022 esta notificación y ni tengo claro si envío el tramo del trabajador que me solicitan o de nuevo todos los trabajadores no vaya a ser que me cobren dos vecesblosvotros trabajadores. Es la primera vez que me ocurre. La diferencia de tramos es porque la Mutua emitió una baja de a ciento y después la anulo e indicó que el trabajador seguía trabajando y lo pasó a una sola asistencia y al final se nos ha osado rectificarlo. Como me han dado plazo no me queda claro si van anular la liquidación y después cobrar el 20 pirciento. En su día se pago la liquidación. Si alguien sabe del tema le agradecería una respuesta. Saludos a todos
«La TGSS, de conformidad con la facultad de comprobación que le otorga el artículo 36 de la LGSS, ha procedido a revisar la liquidación xxxxxxxxxxxxxxx, correspondiente al CCC xxxxxxxxxxxx, Régimen 0111 y Periodo de liquidación AÑO/MES-MES, al haberse detectado variaciones, realizadas con posterioridad a su presentación, que afectan a los cálculos efectuados.
La liquidación mencionada no ha podido ser actualizada en función de los nuevos datos debido a la falta de información necesaria para ello. En consecuencia, deberá proceder a comunicar los datos correspondientes a los trabajadores no calculados, mediante la remisión de un fichero de bases actualizado y, a continuación, confirmar la liquidación. El plazo habilitado para realizar estas actuaciones finalizará: * El día 25 del mes, para comunicaciones emitidas entre los días 1 y 15 del mismo mes.* El día 10 del mes siguiente, para comunicaciones emitidas entre los días 16 y último de mes. La información detallada de todo el procedimiento se encuentra disponible en.
me ha llegado de 102022 esta notificación y ni tengo claro si envío el tramo del trabajador que me solicitan o de nuevo todos los trabajadores no vaya a ser que me cobren dos vecesblosvotros trabajadores. Es la primera vez que me ocurre. La diferencia de tramos es porque la Mutua emitió una baja de a ciento y después la anulo e indicó que el trabajador seguía trabajando y lo pasó a una sola asistencia y al final se nos ha osado rectificarlo. Como me han dado plazo no me queda claro si van anular la liquidación y después cobrar el 20 pirciento. En su día se pago la liquidación. Si alguien sabe del tema le agradecería una respuesta. Saludos a todos