La Seguridad Social podrá revisar de oficio y rectificar altas y bajas de afiliación que ya estén declaradas

toni

Miembro conocido

El Gobierno ha introducido un nuevo artículo en la Ley General de la Seguridad Social para permitir que ésta revise de oficio, "en cualquier momento", las altas, bajas y variaciones de datos de afiliación ya aceptadas si se constata que éstas no son conformes con lo establecido en las leyes y sus disposiciones complementarias. De este modo, tras dicha revisión de oficio, la Seguridad Social podrá declarar indebidos por nulidad los actos que haya dictado en esta materia y establecer las acciones administrativas necesarias para su adecuación a la legalidad.
Asimismo, la Seguridad Social podrá, "en cualquier momento", rectificar "errores materiales o de hecho y aritméticos" que haya cometido en los actos dictados en materia de afiliación, altas, bajas y variaciones de datos. Estas facultades de revisión de oficio que tendrá la Seguridad Social, vigentes desde mañana, se han incluido dentro del Real Decreto-ley de incentivos a la contratación laboral publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
En la exposición de motivos de esta norma, el Ejecutivo explica que esta nueva regulación "evitará que la impugnación" de las decisiones sobre altas, bajas y variaciones de datos se traslade a la Jurisdicción Social y se mantenga en la Jurisdicción contencioso-administrativa. De este modo, asegura el Ejecutivo, se evitan "colapsos y retrasos en la gestión administrativa y en las propuestas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en materia de lucha contra el fraude", así como el incremento de la litigiosidad y la carga de trabajo de los órganos judiciales de la Jurisdicción Social.
En este sentido, el Gobierno subraya que el número de movimientos de altas de trabajadores que han sido anulados por la Seguridad Social entre 2018 y 2021 por no corresponder a una actividad real han superado los 24.000, lo que supone que, "sólo en el ámbito de revisiones a consecuencia de simulaciones laborales o trabajos ficticios deberían haberse promovido en los cuatro años indicados más de 24.000 procedimientos judiciales". "La extraordinaria y urgente necesidad de aprobar esta modificación se justifica en que se pretende resolver la situación evitando el colapso administrativo y el aumento de la litigiosidad", destaca el Gobierno.
Precisa, además, que esta modificación no supone "en ningún caso" una merma del derecho a la tutela judicial efectiva de empresarios y trabajadores, "que podrán impugnar las resoluciones definitivas ante los órganos de la Jurisdicción contencioso-administrativa", que es la competente en lo relacionado con los actos administrativos de inscripción y afiliación en la Seguridad Social.
El Tribunal Supremo dictó a principios de 2022 un fallo tras un recurso de casación en el que determinaba que la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no puede revisar de oficio un alta previamente aceptada aduciendo la inexistencia de una relación laboral, pues de dicho acto derivan diversos derechos para la persona afectada, siendo sólo posible dejarlo sin efecto presentando una demanda ante el Juzgado de lo Social.
 

toni

Miembro conocido
Y yo me pregunto... Porque la SS interpreta que esa alta de un sabado que anulo el lunes porque el jodido camarero/cocinero no se a presentado a trabajar es una simulacion laboral y/o trabajo ficticio??? Es que manda huevos...
 

IVO

Miembro activo
Yo tengo un caso de una empresa de hosteleria que igual contrataba este fin de semana. Le he comentado que se asegure que va a ir porque en caso de no se presente y se anule la SS puede interpretar que algo raro se esta haciendo y tenga una inspeccion. Estan cada vez mas controlando todo...
 

DANI ML

Miembro conocido
Y yo me pregunto... Porque la SS interpreta que esa alta de un sabado que anulo el lunes porque el jodido camarero/cocinero no se a presentado a trabajar es una simulacion laboral y/o trabajo ficticio??? Es que manda huevos...
Mmmm, no creo que se esté refiriendo a anulaciones realizadas por Sistema red de altas previamente consolidadas.
Creo que se refiere a casos en que Seguridad Social ha anulado un alta por considerarla ficticia. Por ejemplo, casos en que se ha cursado un alta para poder acceder a prestaciones, pero se ha considerado que no había actividad real.
Ojalá no me equivoque.
 

Nana

Miembro conocido
Mmmm, no creo que se esté refiriendo a anulaciones realizadas por Sistema red de altas previamente consolidadas.
Creo que se refiere a casos en que Seguridad Social ha anulado un alta por considerarla ficticia. Por ejemplo, casos en que se ha cursado un alta para poder acceder a prestaciones, pero se ha considerado que no había actividad real.
Ojalá no me equivoque.
Opino lo mismo que tu, creo que va por otro lado, pero claro, estamos a la que salta ;);)
 

Inma.2

Miembro activo
Y yo me pregunto... Porque la SS interpreta que esa alta de un sabado que anulo el lunes porque el jodido camarero/cocinero no se a presentado a trabajar es una simulacion laboral y/o trabajo ficticio??? Es que manda huevos...
totalmente de acuerdo, es que siempre piensan que todo es a mala fé....
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Pues como lo hagan sin intervención humana y a base de altgoritmos y hojas excel de colores ya sabemos lo que nos espera
 

DANI ML

Miembro conocido
Yo no creo que este tema vaya a mayores. Creo que lo que quieran es evitar la judicialización de situaciones que ya se están dando, y que queden en el ámbito administrativo. Y planteado más bien para altas ficticias para cobrar prestaciones y cosas así, no las altas y bajas normales que vamos haciendo día a día.
 

toni

Miembro conocido
Yo no creo que este tema vaya a mayores. Creo que lo que quieran es evitar la judicialización de situaciones que ya se están dando, y que queden en el ámbito administrativo. Y planteado más bien para altas ficticias para cobrar prestaciones y cosas así, no las altas y bajas normales que vamos haciendo día a día.
Pues ojala sea asi compañero, pero si no me equivo a algun forero le han dado no hace mucho un "toque" por anular muchas altas...
 

Cachilipox

Miembro conocido
...planteado más bien para altas ficticias para cobrar prestaciones y cosas así,...
Obviamente, la cosa, en su "intención", va por aquí, tirar a matar contra las "cotizaciones de cortesía", tan utilizadas para activar o reanudar determinadas prestaciones.
Pero claro, una cosa es la "intención", y otra que esto tiene el riesgo de convertir a la TGSS en un organismos puramente arbitrario, "creador" de realidades a libre consigna del político de turno que esté al mando.
Y de rebote, que eso de las "cotizaciones de cortesía" van a seguir existiendo, pero habrá que armarlas y gestionarlas de manera mucho más coherente y cuidadosa.
 

anuskillas

Miembro activo
Pues ojala sea asi compañero, pero si no me equivo a algun forero le han dado no hace mucho un "toque" por anular muchas altas...
si, a mí, os lo comenté yo hace unas semanas. Llamé a sistema red y hablé con un funcionaria porque me llegó un requerimiento y tuve que hacer un escrito explicando los motivos por el que anulé la alta y además me advirtió que si se repetían casos en el tiempo me marcaban a fuego la letra escarlata y que me podían retirar la autorización red.
 

MarLo

Miembro conocido
si, a mí, os lo comenté yo hace unas semanas. Llamé a sistema red y hablé con un funcionaria porque me llegó un requerimiento y tuve que hacer un escrito explicando los motivos por el que anulé la alta y además me advirtió que si se repetían casos en el tiempo me marcaban a fuego la letra escarlata y que me podían retirar la autorización red.
¿en serio? jajaja marcar a fuego la letra escarlata... esa es buena. Pero de verdad que te dijo de retirar la autorización red, buenoooo... es que no se lo cree ni ella, si se ponen a retirar del mercado a autorizados red igual se tienen que poner ellos a trabajar y no les compensa...
 

Sucman1

Miembro activo
Buenos Días pues me ha llegado un correo electrónico hoy de Valladolid por un Autónomo que quieren investigar por el mismo artículo, solicitándonos a nosotros como autorizados Red que acreditemos

“documentación necesaria al que acredite la actividad real y, en consecuencia, justifique su alta en la provincia de Valladolid. Es un Autonomonque acabamos de dar de Alta a su hermano que trabajará con él en la actividad de reparto que ni siquiera le hemos pedido bonificación porque no quiere y va a trabajar en otro municipio un Autónomo desde el 2021 además le piden acreditar con facturas, declaraciones de impuestos (modelo 347), cuentas bancarias, mantenimiento de suministros, maquinaria empleada en el ejercicio de la actividad y título en virtud del cual se utiliza, contratos de servicios a terceros, local donde ejerce (contrato de arrendamiento, título de propiedad…), …. “

Asi tal cual con puntos y paréntesis incluidos es flipante y Cuentas Bancarias imagino será titularidad, la verdad a donde vamos a llegar da ganas de denunciarles además con amedrentamiento …” En caso de no aportar la documentación requerida se presumirá que no hay actividad, lo que permitirá continuar con la tramitación del expediente, a fin de dejar sin efecto su alta, así como los efectos derivados de las mismas…. “
Pero qué formas y de redacción tanto al cliente como a nosotros cuando tienen todos los datos fiscales del cliente modelos 347 etc pues voltea y pídele la información a tu amiga AEAT, de verdad indignados con estos casos.

Nuestra molestia y primero será denunciable se puede plantear a algún organismo a ver si le ponen coto a esta gente y por otro lado, vamos a entregar copia de un certificado de titularidad pero no del estado de cuenta qué opináis espero vuestras impresiones Mil gracias como siempre.
 
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