la transformacion de contrato en practicas a indefinido no lleva bonificacion ¿verdad?

Noelia27

Miembro activo
La transformación en indefinidos de contratos formativos a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 128 euros/mes durante tres años. En el caso de mujeres, dicha bonificación será de 147 euros/mes.
 

Noelia27

Miembro activo
El contrato formativo tendrá por objeto la formación en alternancia con el trabajo retribuido por cuenta ajena en los términos establecidos en el apartado 2, o el desempeño de una actividad laboral destinada a adquirir una práctica profesional adecuada a los correspondientes niveles de estudios
 

Nikki_sp

Miembro conocido
vale, gracias,

Conversión de contratos Formativos (Contrato para la Formación en Alternancia y Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional)​

La transformación en indefinidos de contratos formativos (Contrato para la Formación en Alternancia y Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional) a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización.

Cuantía:

  • Hombres: 128 euros/mes.
  • Mujeres: 147 euros/mes.
Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: Indefinida.

Normativa: artículo 24.1 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Para la bonificación de la conversión a indefinido de los contratos en prácticas (bueno "para la obtención de la práctica profesional...) ¿se ha hecho extensiva a empresas de más de 50 trabajadores???
 

Noelia27

Miembro activo
Yo creo que sí.
La bonificación de cuotas por transformación de contratos en prácticas en indefinidos de la Ley 3/2012 ha sido derogada.
Ahora está vigente la bonificación de la transformación en indefinidos de contratos formativos, que incluye "para la obtención de la práctica profesional" (artículo 24 del Real Decreto-ley 1/2023) y no especifica ningún requisito sobre el tamaño de la empresa.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Yo creo que sí.
La bonificación de cuotas por transformación de contratos en prácticas en indefinidos de la Ley 3/2012 ha sido derogada.
Ahora está vigente la bonificación de la transformación en indefinidos de contratos formativos, que incluye "para la obtención de la práctica profesional" (artículo 24 del Real Decreto-ley 1/2023) y no especifica ningún requisito sobre el tamaño de la empresa.
Gracias! A ver si es así..
Es cierto que cuando pegué una lectura rápida, no me pareció ver esa condición o exclusión (empresas de más de 50 trabajadores)
Pero claro, siempre es más fácil ver lo que añaden que lo que quitan.
Tomo nota, que contratos en prácticas sí solemos hacer, y hace un burrada de años que no teníamos bonificaciones por la conversión, y durante la vigencia... Vamos ahora (hasta hace unos días, vaya) sé que no teníamos ninguna bonificación.
De las novedades en bonificaciones, me quedé especialmente con la m... que han dejado para el contrato de sustitución durante la maternidad... y nuevos requisitos.
 

VILA100

Miembro conocido
vale, gracias,

Conversión de contratos Formativos (Contrato para la Formación en Alternancia y Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional)​

La transformación en indefinidos de contratos formativos (Contrato para la Formación en Alternancia y Contrato Formativo para la Obtención de la Práctica Profesional) a la finalización de su duración inicial o prorrogada, cualquiera que sea la fecha de su celebración, dará derecho a una bonificación en la cotización.

Cuantía:

  • Hombres: 128 euros/mes.
  • Mujeres: 147 euros/mes.
Duración: 3 años.

Vigencia de la medida: Indefinida.

Normativa: artículo 24.1 del Real Decreto-ley 1/2023, de 10 de enero, de medidas urgentes en materia de incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas.
Hola
aquí …ahora.. tenemos la obligación de mantener 3 años… (antes no estaba)
salu2
 
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