Lactancia acumulada, y permiso nacimiento de hijo

Iván G

Nuevo miembro
Hola,

Quería saber si existe la posibilidad de que una persona trabajadora solicite y disfrute la lactancia acumulada antes de acabar el permiso por nacimiento de hijo.

Es decir, si la persona afectada una vez que acaba las 6 semanas obligatorias de descanso por nacimiento, decide posponer el disfrute de las otras 10 semanas, puede disfrutar entremedias la lactancia acumulada, o debe esperar a acabar las 16 semanas.

Sobre todo me surge esta duda, ya que la lactancia retribuida se puede disfrutar hasta los 9 meses del menor, y sin embargo, el permiso por nacimiento hasta los 12 meses.

Gracias de antemano
 

africallora

Miembro conocido
Sí puede. Pero primero mira haber que dice el convenio: si le corresponden 14 días, más, menos o calla, para poder calcularlos bien.

De todas formas, aunque el c/c no diga nada, tampoco creo que vaya a salir excesivamente beneficiado porque quiera cogerse las 10 semanas que le quedan despues de que el crío cumpla 9 mes. Las vacaciones las tendrá ya programadas. Y esos 30 días + los festivos que haya entre medio, hasta los 9 meses, se restan para el cálculo de los días de lactancia acumulada.

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STS 2045/2020 - ECLI:ES:TS:2020:2045

Estamos ante un permiso retribuido que, lógicamente, implica la efectiva prestación de servicios y que, en suma, supone que el contrato de trabajo no se encuentra suspendido. El derecho al disfrute del permiso no se halla en modo alguno condicionado a que la persona trabajadora haya estado en situación de suspensión del contrato de trabajo por razón de la circunstancia relacionada con el nacimiento del mismo lactante. Los requisitos para que el derecho nazca se ciñen a: a) la edad del menor (menor de 9 meses, según el mínimo legal, y de un año en la mejora que introduce el convenio), la cual determina, por consiguiente, la fecha final de la posibilidad de ejercicio del derecho; y b) el vínculo entre la persona trabajadora y el lactante, el cual, con independencia del sexo de la primera, se concreta en filiación -natural (nacimiento) o adoptiva-, la guarda con fines de adopción y el acogimiento.

Por consiguiente, cumplidos tales requisitos, no puede justificarse la pretensión de la empresa de que,se posponga hasta la fecha en que se haya completado el periodo de suspensión de dieciséis semanas, pues con ello se introduce una condición no prevista por la norma legal.
 
Última edición:

Nando_bcn

Miembro conocido
Totalmente de acuerdo.
Y es que, además, pudiendo, en la actualidad, disfrutarse hasta las últimas 10 semanas del permiso por nacimiento de hijo hasta cumplidos los 12 meses desde el nacimiento... ¿Va alguien a cuestionar la compatibilidad de apurar el disfrute de este permiso, dentro del margen previsto por la norma y la lactancia acumulada (o tener que disfrutarla, la lactancia -aunque a alguno/a le puede ir bien- teniendo la criatura ya más de un año)?
Entiendo que no serían de recibo estas limitaciones o condiciones.
Saludos.
 

aliciaig

Nuevo miembro
Hola a todos,

Lo mismo es una pregunta tonta, pero no había tenido el caso hasta ahora.

En los casos de lactancia acumulada, ¿lo comunicáis a la Seguridad Social?

Muchas gracias de antemano a todos
 
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