No sé como tendréis regulado el tema del disfrute del permiso de lactancia acumulado en jornadas completas en tu empresa (o si hay regulación por convenio9.
En nuestro caso garantizamos la equivalencia exacta en jornadas completas de lo que supondría el disfrutarlo en la modalidad base, día a día (a razón de 1 hora por cada día de trabajo efectivo previsto durante el periodo de referencia).
Y claro, no se puede acumular lo que no se llegaría a disfrutar día a día. Es por ello que, a estos efectos, solo consideramos la previsión de días de trabajo efectivos que se realizarían durante ese periodo se se disfrutara del permiso de forma diaria. Por tanto, no computan ni vacaciones, permisos,,, ni, por supuesto, el tiempo de excedencia. Y, claro, si esa excedencia se va a prolongar hasta más allá de los 9 meses, justo después del permiso por nacimiento de hijo, vacaciones, etc, vaya, que no va a haber reincorporacion efectiva dentro de ese periodo de referencia, no tiene nada que acumular, puesto que día a día no llegaría a disfrutar de ninguna hora de permiso.
El problema es que muchas políticas de empresa, y, sobre todo, convenios, tiran por lo "aparentemente" fácil (porque luego es más lío en casos así), y fijan un cierto número de días, a tanto alzado, y obviando matices como este (u otros, como por ej partos múltiples).
En fin , lo dicho, no sé cómo teneís regulada esta posibilidad en tu empresa. Si se trata de garantizar la equivalencia, lo dicho, aqui no se acumula nada,. Pero si tiráis por la via de cierto nº de dias a tanto alzado y sin más, el debate está servido.
Saludos.