Lactancia y baja por IT

Nando_bcn

Miembro conocido
Efectivamente, Mr. White, esto del "Laboral" no es una cienca exacta y sorpresas pueden siempre haberlas y más, como tu dicesn en un tema tan "sensible" Y normalmente en contra de la empresa y a favor del trabajador (que, sea o no sensible el tema, suele ser en la línea en la suelen darse las sorpresas.
Pero vaya, cuando las cosas se hacen con un mínimo de rigor (como entiendo se da en la forma de actuar que estoy planteando), pues eso, que luego un juez lo cuestione, es algo que reconozco que podrá darse, pero es ahí donde estaremos hablando de “sorpresas”. Y es que otra cosa es que este tipo de pactos se cierren así a las bravas, sin matices, sin basarse en cálculos rigurosos y que puedan ser considerados de recibo, que se fijen bien sobre qué premisas y condiciones de acuerda tal cosa etc. Y eso suele ocurrir a menudo y luego, si surge algo no previsto, como puede ser una baja por IT, es cuando surgen los problemas y si finalmente hay controversia, el que luego la empresa se encuentre con una resolución desfavorable, tal vez no debe ser calificada de “sorpresa”.
En definitiva, estas cosas deben hacerse hilando muy fino, y aún así, siempre puede haber un margen para las “sorpresas”, cierto.

 

Nando_bcn

Miembro conocido
FERNANDO dijo:
Entiendo lo siguiente:

Otra cosa es que la trabajadora pida una baja voluntaria, o bien unaa excedencia antes del mes 9, dado que ella ha sido la que que, unilateralmente, ha roto lo convenido.

Pero es que has podido tambien convenir, Fernando, (aunque probablemente no haya sido así en el caso planteado por el consultante) que ese cálculo está basado en una previsión de jornadas efectivamente trabajadas dentro del periodo de referencia y que cualquier ausencia dentro de ese periodo (o también días de presencia no previstos, lo que llevaría a recalcular el permiso acumulado de forma que resultaría más largo) puede implicar un recálculo del mismo, y se den esas circuntanscia antes, durante o al finalizar el disfrute (calculado en base, repito a esa previsión, pero condicionado a la equivalencia real en jornadas completas del que hubierta correspondio, REALMENTE, disfrutado dia a dia).
Y ese acuerdo, en esos términos, no tiene porque ser considerado necesariamente como abusivo. se trata simpelemente de asegurarse de que el permiso en su opción acumulada en jornadas completas (y libremente acordado entre empresa y trabajador) acabe equivaliendo al que se disfrutaria de hacerlo en su modalidad normal, es decir, dia a día (y que es la unica opción que garantiza la norma, ya que la opción de acumularlo está sujeta a que así sea acordada entre las partes).
Y ese disfrute en la modalidad dia a dia está sujeta a vicisitudes y que nadie cuestiona. Así, si antes de los 9 meses del parto el trabajador esta de IT, vacaciones o, por supuesto, se desvincula de la empresa, durante esos dias, aunque dentro de los 9 meses, en que no está activo, no disfrute de ese permiso dia a dia, por lo que tampoco acumula nada.

Y si resulta que el problema lo ves más a nivel operativo, en los casos en que el permiso ya se ha disfrutado y es luego cuando se evidencian las ausencias imprevistas, en cambio no ves problema para hacer el recálculo de la duracion real y ajustes oportunos en casos de que se cause baja de la empresa. Pues bien, ese mismo tipo de ajuste que piensas que se puede hacer en casos da causas baja de la empresa, ¿no lo ves realizable si el trabajador sigue en activo y simplemente se trata de que ha estado de IT o a tenido cualquier otra ausencia no prevista?

Por cierto, el tema de causar baja y que para algunos si que les lleva a no ver problema alguno para reconsiderar el permiso de lactancia acumulado en su duración inicialmente prevista me lleva a otro debate que hemos tenido, el de qué ocurre cuando se acuerda el permiso de lactancia acumulada y luego el trabajador se coge una excedencia.

En fin, esto no hace más que evidenciar la importanca de hilar fino en estas cuestiones y tratar de condicionar el disfrute del permiso de lactancia acumulado en jornadas completas a cálculos realizados con cierto rigor y en preveer ciertas contingencias, acordando claramente (y ya de inicio) sus consecuencias.
Y todo esto bien hecho, repito, no tiene porque conisderarse abusivo
El problema es tratar de solucionar las cosas a posteri in haber reparado estas contengencias y sus consecuencias de forma previa.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
No te pillo, Raquel.

Si la trabajadora ha disfrutado de 14 días por acumulación de lactancia, en base a que de "x" fecha hasta que el menor cumple los 9 meses le corresponden "X" horas de lactancia - y atendiendo al calendario laboral del momento: vacaciones, descansos, festivos,...-, y resulta que en el mes 8 entra en IT, ¿qué vas a volver a calcular para que pueda hacer uso con su hijo?

No Mr White, ya he dicho en otro post que si pasa algo con posterioridad al disfrute, no recalculo...

Pero en este caso que es antes de... ya hay que volver a pactar disfrute, pues al volver a pactar por necesidad de los días de disfrute ya vuelvo a recalcular, no ha iniciado...

Saludos.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pues yo Raquel, incluso aunque la incidencia (ausencia dentro del periodo de referencia no prevista en el momento de hacer el cálculo) se dé una vez distrutado del permiso, en teoría sí recalculo.
Digo en teoría, porque los casos de racálculos que ahora me vienen en mente fueron previos (la gente, aún de maternidad, te pide que le hagas un cálculo, luego va cambiando cosas, sobretodo le fecha de reincorporación efectiva tras la maternidad, a base de hacer vacaciones, excedencias cortas...).
Pero..., si posteriormente al disfrute acumulado reslulta que el trabajador te pide una excedencia (o causa baja del tipo que sea) antes de los 9 meses del parto... ¿tampoco recalculas y ajustas nada?.
Igual no se te ha dado el caso en la práctica, pero, ¿no lo harías?
De todas formas, lo dicho, aunque para algunos nos puede parecer obvio, estas cosas mejor hacerlas constar expresamente en el acuerdo de acumulación, de forma que estén previstas y sean conocidad y aceptadas ya de antemano por las partes.
Y, repito, no le veo nada abusivo. Aunque tampoco cabe descartar la posibilidad de que la sensibiludad de algún juez que te toque en suerte lo pueda ver de otra manera.

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Pues yo Nando en los casos que me ha padado y ya han disfrutado su lactancia acumulada, no, no recalculo nada, no le digo, ehhhh ahora me debes tantas horas, no... no lo hago.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Pero si te pide una excedencia si lo haces o lo harías, ¿no??? (me refiero a casos en los que lo pide una vez disfrutada, que ya sé que si lo sabes de antemano, incluso aunque exista una previsión genérica en el covenio del tipo que ya hemos comentado muchas veces, es decir, acumulación por un periodo a tanto alzado y sin más matices, no aceptas la acumulación).

 

Raquel GR

Miembro activo
Pero estás mezclando casos, todo esto es muy casuístico.

Si se que se va a ir de excedencia y me pide la acumulación pues no... ya lo tengo en cuenta.
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Vale, vale, es otro supuesto (aunque para mi tiene cierta analogía y, en todo caso, yo le doy el mismo tratamiento, pero ya lo dejamos así de claro en el propio acuerdo de acumulación),  y queda claro que si sabes lo de la excedenca de antemano lo tienes en cuenta al hacer el cálculo (incluso para negar la posibilidad de acumulación, segun la duración de la excedencia, imagino), pero, y veo que no se te ha dado el caso, ¿y si te lo dice después?.
Incluso puede ser sin mala fe o premeditación del trabajador, simplemente cambian sus circuntancias o forma de ver las cosas y acaba pidiendo una excedencia despues o mientras está disfrutando de la lactancia acumulada. ¿no harías nada?
 
Arriba