Lactancia y vacaciones. computo

Argi

Miembro conocido
Hola,
SI despues de la maternidad, la trabajadora solicita las vacaciones, el cómputo de la hora por día laborable hasta que el bebé cumpla nueve meses empezaría a la vuelta de vacaciones.
Pero si pides lactancia despues de la maternidad y seguidamente a la lactancia vacaciones, ¿hay que computar esos días de vacaciones para la hora por día laborable?
Parece que sí, pero no tengo claro el por qué.
 

Wastual

Miembro conocido
El periodo de lactancia a acumular es el resultado de realizar el cómputo sobre cada día de trabajo efectivo del calendario aplicable en cada caso que se encuentre comprendido entre la reincorporación una vez finalizada la situación de NyCM hasta el cumplimiento de los 9 meses de edad.
Por tanto, no debe acumularse al total la hora diaria de días en los que, por el motivo que sea, no hay obligación de acudir al puesto de trabajo (vacaciones, por ejemplo). Por tanto, efectivamente, "una buena programación" por parte de la progenitora puede aumentar este número: esta modalidad de disfrute -continuado- no arroja un cifra igual para todos, en absoluto.
 

Tronchacadenas

Miembro conocido
Salvo que el convenio especifique otra cosa lo que hay que tener en cuenta es los dias que está previsto que la trabjadora va a tener PRESENCIA en la empresa suma una hora..previsión de PRESENCIA es la clave.. si por ejemplo digamos la empresa tiene costumbre de dar el dia libre el dia del cumpleaños a sus trabajadores.. ese día no entra en la previsión de PRESENCIA, sea laborable, efectivo, vacaciones o lo que sea
 

yujurl

Miembro conocido
El periodo de lactancia a acumular es el resultado de realizar el cómputo sobre cada día de trabajo efectivo del calendario aplicable en cada caso que se encuentre comprendido entre la reincorporación una vez finalizada la situación de NyCM hasta el cumplimiento de los 9 meses de edad.
Por tanto, no debe acumularse al total la hora diaria de días en los que, por el motivo que sea, no hay obligación de acudir al puesto de trabajo (vacaciones, por ejemplo). Por tanto, efectivamente, "una buena programación" por parte de la progenitora puede aumentar este número: esta modalidad de disfrute -continuado- no arroja un cifra igual para todos, en absoluto.
Pues la verdad cuando me la piden calcular la verdad es que no tengo en cuenta las vacaciones (vamos que las cuento como dias de trabajo) ya que suele ser maternidad, lactancia y luego vacaciones. Lo estoy haciendo mal entonces :(, en beneficio del trabajador, ya que cuento más para la bolsa de horas.
 

Naialaboral

Miembro conocido
Pues la verdad cuando me la piden calcular la verdad es que no tengo en cuenta las vacaciones (vamos que las cuento como dias de trabajo) ya que suele ser maternidad, lactancia y luego vacaciones. Lo estoy haciendo mal entonces :(, en beneficio del trabajador, ya que cuento más para la bolsa de horas.
Yo igual...
 

toni

Miembro conocido
No se tienen en cuenta las vacaciones y a partir ahi:


El permiso de lactancia no consume vacaciones, y durante el tiempo de lactancia se siguen generando derechos vacacionales.

Puedes encadenar los días de lactancia acumulados con tus vacaciones si lo solicitas por escrito a la empresa, indicando claramente la secuencia.

Si las va vacaciones coinciden con el permiso de lactancia, las vacaciones se posponen para disfrutarlas en otro momento, garantizando el derecho a disfrutar ambos periodos.
 

Naialaboral

Miembro conocido
No se tienen en cuenta las vacaciones y a partir ahi:


El permiso de lactancia no consume vacaciones, y durante el tiempo de lactancia se siguen generando derechos vacacionales.

Puedes encadenar los días de lactancia acumulados con tus vacaciones si lo solicitas por escrito a la empresa, indicando claramente la secuencia.

Si las va vacaciones coinciden con el permiso de lactancia, las vacaciones se posponen para disfrutarlas en otro momento, garantizando el derecho a disfrutar ambos periodos.
GRACIAS !
 

Argi

Miembro conocido
No se tienen en cuenta las vacaciones y a partir ahi:


El permiso de lactancia no consume vacaciones, y durante el tiempo de lactancia se siguen generando derechos vacacionales.

Puedes encadenar los días de lactancia acumulados con tus vacaciones si lo solicitas por escrito a la empresa, indicando claramente la secuencia.

Si las va vacaciones coinciden con el permiso de lactancia, las vacaciones se posponen para disfrutarlas en otro momento, garantizando el derecho a disfrutar ambos periodos.

Me sigue sin quedar la cosa clara.

¿si una trabajadora le comunica a la empresa que, despues de la maternidad, quiere disfrutar lactancia y, seguidamente, de los 30 dias naturales de vacaciones que le corresponden (21 laborales) la forma correcta de hacer el cómputo sería sumar una hora por día laborable hasta los 9 meses del bebe y luego de esa suma descontar 21 horas (una hora por dia de vacaciones?
 

Argi

Miembro conocido
Esto me dice la IA.

Pregunta: Tengo dudas del computo de los dias de lactancia acumulado. Si la trabajadora comunica a la empresa su intención de, tras la maternidad, disfrutar de la lactancia y seguidamente de los 30 días naturales de vacaciones (21 laborales) que tiene pendiente, ¿cómo puedo calcular los días de lactancia que le corresponden? En este caso la trabajadora finaliza la maternidad el 21 de enero de 2026 y el hijo cumple los 9 meses el 25 de juno de 2026

Respuesta:
Para calcular correctamente los días de lactancia acumulada en este caso, hay que tener en cuenta un principio fundamental: durante las vacaciones NO se genera derecho a lactancia acumulada, ya que las vacaciones son un periodo de descanso retribuido sin prestación efectiva de servicios.

El cálculo correcto sería:

  1. Periodo de derecho: Del 22 de enero (día siguiente al fin de maternidad) al 25 de junio de 2026 (cuando el menor cumple 9 meses)
  2. Días laborables en ese periodo: Aproximadamente 107-110 días laborables (dependiendo de festivos y fines de semana)
  3. Restar las vacaciones: 21 días laborables de vacaciones NO generan derecho a lactancia
  4. Base de cálculo: Unos 86-89 días laborables efectivos
  5. Aplicar la fórmula de lactancia acumulada:
    • Si trabaja jornada completa (8h) con 1h diaria de lactancia:
    • Días laborables × (1h / 8h) = 10,75 - 11 días laborables de lactancia acumulada
Orden de disfrute:

  • Primero: 11 días de lactancia acumulada (del 22 enero al 5-6 febrero aprox.)
  • Segundo: 21 días laborables de vacaciones
  • Luego: reincorporación efectiva
 

Wastual

Miembro conocido
¿si una trabajadora le comunica a la empresa que, despues de la maternidad, quiere disfrutar lactancia y, seguidamente, de los 30 dias naturales de vacaciones que le corresponden (21 laborales) la forma correcta de hacer el cómputo sería sumar una hora por día laborable hasta los 9 meses del bebe y luego de esa suma descontar 21 horas (una hora por dia de vacaciones?
Eso es.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
+1. Y para que no haya problemas yo les mando el calendario con los días laborables marcados... Se me ocurrió una vez decirle a una trabajadora que lo hiciera ella "mira el calendario y súmate los días que vas a trabajar hasta los 9 meses, y madre mía... que no sabía como hacerlo, que le tenía que decir cómo, que cómo lo iba a mirar ella, que si la empresa le dijo que me llamara para que le dijera cómo era y nadie le decía nada, ni la empresa ni la asesoría... Para ahorrarme dimes y diretes ahora les mando el calendario con los cálculos a la empresa, que se apañen entre ellos. Acabo antes...
 
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