LIBRO DE VISITAS

SOL

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¿Tiene un bar sin trabajadores por cuenta ajena obligación de tener Libro de visitas?Salu2
 

Clo

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Hola Sol,
Pues sí, los autónomos también tienen que tener libro de visitas
saludos,
 

menceyes

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Me llega una nota informativa de la Inspección de Sevilla que viene a decir lo siguiente:

"El artículo 21.6 de la Ley 23/2015, de 22 de julio, establece;

Los funcionarios actuantes extenderán diligencia por escrito de cada actuación que realicen con ocasión de las visitas a los centros de trabajo o de las comprobaciones efectuadas mediante comparecencia del sujeto inspeccionado en dependencias públicas.

(....) las siguientes aclaraciones:

- (....) Ya no será obligatorio adquirir ni se deberán habilitar nuevos libros de visitas.
- La diligencia escrita de cada actuación se realizará en los Libros de visitas existentes.
- De no existir, la diligencia se formulará en un documento, con material autocopiativo del que irá provisto el personal inspector.

Estamos, parece, ante la muerte del LIBRO DE VISITAS.

 

Ignatius

Miembro activo
En una inspección de esta semana: ya no es obligatorio, según la reciente Ley 23/2015 de Inspección; me dice el Inspector, que ellos redactarán acta electrónica, y entregarán copia al empresario
 

Mr. White

Miembro activo
La que comento es de esta semana. En la citación hace mención a la nueva ley pero expresamente pone que se lleve libro de visitas.

Además, ¿dónde pone que no es obligatorio llevar el libro de visitas que ya tiene la empresa?

Porque la norma dice lo que dice: "mediante Orden del titular del Ministerio de Empleo y Seguridad Social se determinarán los hechos y actos que deban incorporarse a las diligencias, su formato y su remisión a los sujetos inspeccionados, t[u]eniendo en cuenta que, en lo posible, [/u]se utilizarán medios electrónicos y que no se impondrán obligaciones a los interesados para adquirir o diligenciar cualquier clase de libros o formularios para la realización de dichas diligencia".

No hay Orden (que deberá tener en cuenta lo señalado por la norma), por tanto, lo llevo.

Además, dice que no se adquieran clase de libros, no que si ya se tienen no se lleven. Por tanto, lo llevo.

Y finalmente en la LISOS sigue apareciendo como leve "La falta del Libro de Visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el centro de trabajo".

Así que definitivamente lo llevo.
 

Mr. White

Miembro activo
En Andalucía por lo que veo no hacen mucho caso de sus jefes:

http://www.empleo.gob.es/itss/web/Atencion_al_Ciudadano/LIBRO_VISITAS/

No obstante, en el caso de la empresa que cuente con Libro de Visitas, las diligencias se seguirán practicando en los mismos, por lo que deberían mantenerse a disposición de los funcionarios actuantes, teniendo en cuenta que dicho mantenimiento no supone en ningún caso carga administrativa alguna para los administrados, que ya adquirieron y habilitaron sus correspondientes libros de visitas.
Sin perjuicio de lo anterior, se recuerda la obligación de conservar los libros de visitas agotados, de acuerdo con lo previsto en la Resolución de 11 de abril de 2006, sobre el Libro de visitas de la Inspección de Trabajo y Seguridad social, vigente en lo que no contradiga o se oponga a la nueva Ley 23/2015, de 21 de julio.
 

Ro

Miembro activo
En la ITSS de Vigo nos han dado la siguiente nota:

De acuerdo con la ley 23/2015 de 21 de julio de 2015, Ley Ordenadora del Sistema de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social ( BOE 27/7/2015), art. 21, no se diligenciarán nuevos libros de visita. Las empresas ya no deberán tener libros de visitas (aunque los viejos ya sellados y en vigor, hay que mantenerlos). Los Cuerpos de Inspección en el momento de hacer una visita acudirán con un documento autocopiativo.
 

Aslasa

Miembro
En una visita de esta semana lo lleve, y me dijeron que no le hacia falta.

A ver que  hacemos con los 10 libros que tenemos aqui bien limpios y sin estrenar...
 

Mr. White

Miembro activo
Vaya popurrí de interpretaciones, según provincia, que si no hacen falta, que si solo los ya existentes...

En fin, esperemos que saquen ya la orden ministerial y el criterio de las Inspecciones provinciales no sea tan heterogéneos, pues, como decía, en la LISOS no han derogado como falta leve el no tenerlo.
 

Aslasa

Miembro
Mr. White dijo:
Vaya popurrí de interpretaciones, según provincia, que si no hacen falta, que si solo los ya existentes...

En fin, esperemos que saquen ya la orden ministerial y el criterio de las Inspecciones provinciales no sea tan heterogéneos, pues, como decía, en la LISOS no han derogado como falta leve el no tenerlo.

Ya se ve que aquí va por provincias, la modificación de la LISOS creo quen tardará como tarda en este mundo... Yo lo sigo llevando pero ya me dijeron que no lo iban ni a abrir..
 
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