Limitación gastos financieros. Impuesto de sociedades

jotas

Miembro
Por si Toni me puede ayudar.

Hola ,compañeros, cuando hacéis el impuesto de sociedades en el apartado de limitación de gastos financieros,
si por ejemplo el gasto financiero ha sido 2000€ lo ponéis en la casilla 1256 o no lo ponéis al ser una cantidad baja y
se puede deducir sin más , sin hacerlo constar.

Es que siempre si lo pongo, también me hace poner la cantidad en importes pendientes y la verdad que me da muchos errores a la hora
de transpasarlo.En cambio si no pongo nada en la casilla 1256 lo mando sin problemas
Si fueran gastos financierios muy altos pues igual lo pondría pero por esas cantidades.

¿Cómo lo véis vosotros? ¿Que soléis hacer ?

Gracias.
 

SHGOROEL

Miembro conocido
Eso tendría que hacer yo, quedarme sólo con laboral. Quien mucho abarca... se vuelve loco...
Yo la verdad es que sí que lo relleno porque si no es mi programa el que me vuelve loca con los avisos. Entonces me calcula el sólito los demás importes, por lo que por otro lado me facilita la tarea. La verdad es que tampoco sé si luego cuando presentas la declaración la AEAT controla si habiendo gastos financieros en la cuenta de pérdidas y ganancias y luego no pones nada en el anexo no te da error, o son errores de esos salvables... Pero lo cierto es que al final tienes que tener los gastos financieros muy altos para que no te los puedas deducir si trabajas con empresas pequeñas, por lo que daría igual informar o no... Pero eso, desconozco que pasa si no lo rellenas. Igual si pruebas y validas antes de presentar...
 

Ichitaka Seto

Miembro activo
El apartado de límite de gastos financieros hay que rellenarlo SÍ o SÍ para hacer la presentación.... ¡hasta en el caso de que no tengas gastos financieros que se me ha dado el caso!

Aunque estoy como en el caso de Shgoroel, es el programa el que se encarga de cumplimentar las casillas del apartado pinchando en el botón de "Obtener datos".

Salu2. :cool:

P.S.: Por cierto, el año pasado no era obligatorio el apartado y, es más, para algunas te pedía rellenarlo... ¡y para otras borrar los datos del apartado! Recuerdo que fue una locura: cuando los calculabas, al validar la declaración te decía que no tenías que ponerlos y cuando validabas sin el límite, entonces te salía el error para que rellenaras.
 
Arriba