Hola; en el caso que un juez declarase un despido como nulo y la empresa tenga que readmitir al trabajador, los salarios de tramitación que debe abonar la empresa desde la fecha de despido a la fecha de readmisión, ¿están limitados a 90 días?. Si un despido un juez lo declara improcedente ( no nulo ) y se opta por la readmisión en vez de indemnizar al trabajador, los salarios de tramitación están limitados a 90 días ( la empresa los paga todos al trabajador pero se le devuelven los que exceden de 90 días por dilaciones indebidas ), pero en el caso de nulidad, ¿también es así?
Pregunta difícil que no consigo aclarar. ¿Alguno de vosotros se ha encontrado con el caso? Gracias!!
Pregunta difícil que no consigo aclarar. ¿Alguno de vosotros se ha encontrado con el caso? Gracias!!