LIMITES FOGASA

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nuarpe

Guest
Hola soy nueva en el foro. Os he encontrado porque estoy intentando resolver una duda sobre los limites de las prestacciones de salario de fogasa, ya que veo que es el triple del SMI con prorrateo de pagas extras (72.66 euros/dia) pero que ocurre con las vacaciones pendientes se tratan como dias a mayores aunque las pague en finiquito.
Si por ejemplo la prestacción corresponde al mes de marzo son 30 dias  pero y si ademas abono 6 dias de vacaciones pertenecientes a este año son 36 dias para hacer los maximos diarios?
Gracias
 

FERNANDO

Miembro conocido
Se toma todo: salarios + parte proporcional de pagas + vacaciones que tocan en ese periodo y, junto se aplica el cálculo.
 
N

nuarpe

Guest
Hola de nuevo,
He hablado con fogasa y me han comentado que en los limites como lo hacen diario realmente los dias de vacaciones son aparte, de tal forma que al calcular los limites lo hacen por dia y multiplican por los dias de salarios mas los dias de vacaciones. Lo pongo por si a alguien le puede venir bien
 

FERNANDO

Miembro conocido
Pues hay una sentencia del País Vasco que no dice eso; sino que, en el salario día, va ya el prorrateo de las vacaciones incorporado.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Perdnoa, leyemdo bien la sentencia, sí, las vacaciones son según los días adeudados por las mismas.
 
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