Limpiadora en comunidad de propietarios

Val-2005

Miembro
¿conocéis alguna sentencia donde se diga claramente que una comunidad de propietarios debe dar de alta a la limpiadora o bien esta deba ser autónoma?
 

Black Mamba

Miembro
La CP ha de contratarla en el régimen general. Existe incluso un convenio de fincas urbanas donde se puede encuadrar y es el adecuado para estos trabajadores.
 

fundación

Miembro conocido
Aquí te lo explican y te dan referencias de jurisprudencia. Régimen General, y el convenio aplicable.

https://www.lexa-online.com/consultas/index.php?topic=4485.0
 

Val-2005

Miembro
Gracias a los tres.

Tengo clarisimo que o hay que contratarla o esta persona es autonoma y nos factura pero lo que no puede ser es que esté todo en negro y encima cobrando 12 euros la hora y exigiendo pagas extras (me parece que con estos salarios me dejo la asesoria y me pongo de limpieza de mi finca).
 

MJ1977

Miembro activo
En mi opinión es una relación laboral del Régimen General, regulado por convenio, de carácter indefinido.
Las comunidades de propietarios deben obtener numero de CCC y contratar al trabajador.....vamos como una empresa normal, seguros sociales, modelo 111, prevención......etc
 

MJ1977

Miembro activo
Si hacen eso la trabajadora puede reclamar el no estar dada de alta, ni cotizar....demanda al canto.....también que hagan cálculos de la improcedencia y comparen
 

IMC

Miembro activo
Los propietarios no se paran a pensar en los riesgos de tener a alguien limpiando sin estar dado de alta, ser autónomo o empresa y piensan que nunca les va a pasar nada. Yo ya este año he tenido una inspección en un Edificio (algo que nunca en la vida había pasado hasta ahora) y sin problema pero porque estaba todo en regla pero sé de otro caso que le ha salido caro a la Comudad pues la señora que llevaba limpiándoles la escalera toda la vida demandó cuando decidieron meter una empresa y llevan años pagando la derrama.
 

Niema

Miembro activo
nosotros llevamos alguna CP, y sí, las deben contratar en RG aunque sea a jornada parcial.
Mismo caso que los porteros, el convenio es fincas urbanas. Si estás en Madrid y necesitas te lo envío por privado.
 

Nikki_sp

Miembro conocido
lo de regimen general o autonoma va a depender de si le contratais la limpieza de la comunidad y ella se organiza como quierano si se le impone un horario.
 
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