LIQUIDACIÓN NEGATIVA

Charlie

Miembro
Buenos días, en el caso de solicitar una baja voluntaria sin preaviso a principios de mes, si la empresa ya había liquidado la nómina del mes anterior, puede exigir al trabajador todos los días por falta de preaviso, o sea por los 500 euros y algo? El convenio sí establece que puede ser descontados del finiquito, pero no que el trabajador deba pagar.

Gracias de antemano
 

anuskillas

Miembro conocido
Si así lo regula el convenio, puedes descontarlos. Saldrá la nomina negativa. Y en la liquidacion no tiene vacaciones pendientes de disfrutar?? Yo los descuento de ahí hasta donde pueda. El resto, lo tendrá que devolver a la empresa. Si no devuelve las cantidades cobradas de màs la empresa podrá reclamarselas vía judicia
 

Charlie

Miembro
Si así lo regula el convenio, puedes descontarlos. Saldrá la nomina negativa. Y en la liquidacion no tiene vacaciones pendientes de disfrutar?? Yo los descuento de ahí hasta donde pueda. El resto, lo tendrá que devolver a la empresa. Si no devuelve las cantidades cobradas de màs la empresa podrá reclamarselas vía judicia
En este caso incluso había disfrutado días de más... Sabes si para abonar dichas cantidades tiene un plazo?

Gracias por contestar
 

anuskillas

Miembro conocido
En este caso incluso había disfrutado días de más... Sabes si para abonar dichas cantidades tiene un plazo?

Gracias por contestar
No tengo constancia de que exista un plazo extablecido. A ver si algun compañero nos aclara duda. Yo le daría un tiempo prudencial y acordariamos unos plazos para asegurar el cobro. Si ves que non te dá opcion entonces ya a muerte.
 

Maria_ZU

Nuevo miembro
Al tener el preaviso carácter indemnizatorio y estar recogido en convenio, no veo problema para reclamárselo. Te dejo entrada de iberley por si te sirve para aclarar dudas respecto a descuentos.

En estos casos lo mejor es notificarle un par de veces, si no tiene pinta de que vaya a devolverlo, reconocimiento de deuda en acto de mediación y si sigue sin pagar, demanda. Que yo sepa no hay plazos establecidos para esto, más allá de lo que se pacten entre las partes (estará regulado en el código civil, imagino...).
 

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