Buenas tardes, un trabajador fijo-discontinuo que está en inactividad desde 15/12/2023 va a ser despedido por causas objetivas con fecha 10/05/2024 . El abogado de la empresa me dice que para despedirlo no hace falta hacer el llamamiento , pero como creéis que se debe proceder en afiliación , alta y baja el día 10/05 y en la baja anotar baja 91-Por causas objetivas y solicitar la anotación de la inactividad z o cual creéis que es la mejor manera de proceder ya que en el programa debemos de hacer una nómina para incluir la indemnización ese día 10/05 y en la seguridad social debería constar que fue despedido no ?
Por otro el cálculo de la indemnización sería solamente por el periodo trabajado o también incluiríais los periodos de inactividad.
Gracias de antemano.
Por otro el cálculo de la indemnización sería solamente por el periodo trabajado o también incluiríais los periodos de inactividad.
Gracias de antemano.