LIQUIDACION POR VACACIONES

PEDRO

Miembro conocido
A ver si entendéis lo mismo que yo, porque ya dudo hasta de lo que leo, es que a veces no comprendo como regulan esto en los convenios, os copio el artículo, pues tengo un trabajador que se jubila este mes de junio y que lleva 25 años en la empresa, pero como ha no disfrutado las vacaciones, entiendo que habrá que liquidarle la parte proporcional de las mismas, y si es correcto lo que dice el convenio con 25 años de antigüedad le corresponde 4 meses, por lo que habría que pagarle 2 meses, vamos 60 días ¿No "canta" esto mucho cuando se cotice? ¿Estás correcto?
Gracias
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Cachilipox

Miembro conocido
Yo entiendo que es un premio de jubilación, en forma de "vacaciones", independiente del devengo y derecho a las vacaciones reales propiamente dichas.
En la liquidación por pase a jubilado, corresponderían las v.d.n.d. propias de este año (medio mes), más un tanto alzado según lo dispuesto en el convenio, de 4 meses.
O sea, 135 días de vacaciones, a fin de contrato.
 

PEDRO

Miembro conocido
Yo entiendo que es un premio de jubilación, en forma de "vacaciones", independiente del devengo y derecho a las vacaciones reales propiamente dichas.
En la liquidación por pase a jubilado, corresponderían las v.d.n.d. propias de este año (medio mes), más un tanto alzado según lo dispuesto en el convenio, de 4 meses.
O sea, 135 días de vacaciones, a fin de contrato.
Gracias por contestar. Y esa son las cuentas que a mi me salen, 135 días, pero te sorprende un poco liquidar tanto de vacaciones.
 
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