LIQUIDACON RECTIFICATIVA

bc2022

Miembro
Buenas tardes, nos siguen llegando avisos por Siltra con liquidaciones rectificativas, las que no reclaman datos, las vamos comprobando y si no salen diferencias o son de 1 o 2 céntimos seguimos las instrucciones de Seguridad Social y no hacemos nada, pero me ha llegado una reclamando las bases de un trabajador del año 2018. En este caso es porque tenía una baja de enfermedad y reclamo cambio de contingencia, que ganó judicialmente 1 año después. Igual estoy equivocada pero hasta ahora no modifico nóminas de periodos anteriores en los que los Seguros Sociales ya están confirmados y vencido el plazo. Si hay diferencias de cotización se solicita carta de pago o devolución de ingresos indebidos,( y así me lo han transmitido en Seguridad Social en el mes de marzo 2022 con una IT de enero/febrero).
Trabajo con A3 y para enviar las bases que solicitan, tendría que borrar las incidencias que metí con la fecha de la sentencia para el cambio de contingencia, meterlas en la fecha de inicio de la IT y recalcular todas las nóminas de 2018 y 2019. Me gustaría saber vuestro criterio al respecto cuando hay incidencias de nóminas en las que ya están confirmados los Seguros Sociales:
1. Solicitáis la devolución de ingresos indebidos/carta de pago sin modificar la nómina.
2. Recalculáis la nómina aunque no coincida con los Seguros Sociales enviados.

Estoy con la sensación que a parte de tener que hacer mi trabajo del día, tengo que rehacer el trabajo de 2018, 2019, 2020.....porque ahora no vale?????

Gracias de antemano,
 

VILA100

Miembro conocido
Hola

no hay otra solución, recalcular y enviar con el check de rectificativa fuera de plazo

salu2
 
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