pajarillo
Miembro conocido
Buenos días. Me manda la Mutua Montañesa la siguiente nota:
Por el vistazo rápido que he dado, no cotizan obligatoriamente por cese de actividad los RETA agrícolas, los de cooperativas, y los que estén disfrutando de la Tarifa plana.
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Estimado corresponsal, En Mutua Montañesa queremos mantenerte informado, por ello, queremos que sepas, que desde el pasado mes de julio, la Tesorería General de la Seguridad Social ha comenzado a imputar las cuotas a los autónomos que, con 61 días o más de baja médica por incapacidad temporal, no dispongan de la cobertura de cese de actividad, ya que se asume que no tienen derecho a este beneficio. La carga se está realizando de forma retroactiva desde la fecha de la baja médica para aquellos autónomos que, en el mes de julio de 2021, ya se encontraban en situación de baja médica. Gracias por tu confianza. |
Por el vistazo rápido que he dado, no cotizan obligatoriamente por cese de actividad los RETA agrícolas, los de cooperativas, y los que estén disfrutando de la Tarifa plana.