MÁS MADERA: EL NUEVO PERMISO DE 8 SEMANAS SERÁ RETRIBUIDO

Cachilipox

Miembro conocido
La DIRECTIVA (UE) 2019/1158 establece 4 motivos o razones de ausencia del trabajo por razones familiares:
.- El permiso por paternidad/maternidad (vinculado al nacimiento)
.- El permiso por cuidados parentales (vinculado a la edad temprana del menor)
.- El permiso para cuidadores (vinculado a la existencia de familiares con necesidades de cuidado y atención)
.- Las ausencias por causa de fuerza mayor relacionadas con motivos familiares urgentes o inesperados

Las cuatro causas de ausencia deben ser retribuidas o prestacionadas de alguna manera, según la directiva.
Es una directiva de hace 4 años.
Como tal directiva, emana conjuntamente del Parlamento y del Consejo (los Estados integrantes como tal).
Presidía el Parlamento un tal Tajani (Forza Italia), y presidía el Consejo Rumanía (Ciamba, socialdemócrata).
O sea, no es una ocurrencia matutina ni de la ministra de familias (Belarra) ni de la ministra de trabajo (nuestra "queridísima" Yoli Tucán).
 

toni

Miembro conocido
Si todo eso esta muy bien, mola ser europeo y tal, es chachi piruli, pero esto no se va a financiar con los presupuestos generales del estado, esto se va a financiar con mas cargas para las empresas que todos sabemos como estan...
 

fundación

Miembro conocido
La directiva indica un permiso de paternidad de 10 días, y un permiso parental de cuatro meses. Vamos, que lo que tenemos aquí ya es superior a lo establecido, por lo que hacen manga ancha aquí.
 

Anavale

Miembro activo
Esto no puede ser así, todo el mundo se cogerá esas 8 semanas, osea mas vacaciones, en España no somos responsables con estos "privilegios".
 

Isleta

Miembro
Estoy completamento de acuerdo con Tony, esto no va a ser gratuito, además del engorro para nosotros, sustituyendo por dias sueltos con lo dificil que nos lo ponen para contratos de corta duración (basura), en eso no somos europeos.
 

campus34

Miembro conocido
Y esperemos que no sea por numero de hijos. Es decir, si tengo 3 hijos menores de 8 años, me cojo 6 meses. A saber...
 

FERNANDO

Miembro conocido
Este bombardeo legislativo hace que te pìerdas....

Lo bueno es que la mierda podemita-Yoli no se comerá un colin en las elecciones.
 

pajarillo

Miembro conocido
Tienen el BOE ardiendo, pero eso sí, para "cosas sin importancia" como la Orden de cotización se esperan a publicar a finales de marzo....
 

Cachilipox

Miembro conocido
De hecho, la directiva indica-insinúa que es necesario "obligar" de alguna manera a que el progenitor "menos dedicado" se pille esas semanas, para fortalecer vínculos con la criatura.
Y lo dice muy claro, permiso parental con 2 meses "intransferibles".
Esa "intransferibilidad" de ese periodo, realmente solo puede verificarse que se ha cumplido, si ha sido realizado.

Podríamos tener el caso de una familia (del tipo que fuese) tan bien organizada, y una criatura que sale tan sanota, que realmente no fuese necesario en ningún momento disponer de ese permiso parental.
Pero entonces ¿Cómo verificamos que realmente no ha sido necesario, y eliminamos la sospecha de que ha sido "transferido" al otro progenitor (en general, ella)?
 

Cachilipox

Miembro conocido
En prensa está saliendo mucho que si la directiva, que si Bruselas, bla bla bla.
Pero no dan datos concretos del asunto, y solo es ruido.
Transcribo un extracto de lo que sí dice la directiva famosa (y que se una u otra manera, "adaptancias" mediante, deberá decir finalmente la legislación nacional):

Esta Directiva establece requisitos mínimos relacionados con el permiso de paternidad, el permiso parental y el permiso para cuidadores


La presente Directiva se aplica a todos los trabajadores con contratos de trabajo u otra relación laboral


...teniendo en cuenta que diez días laborables corresponden a dos semanas naturales.


Dado que la mayoría de los padres no aprovechan su derecho al permiso parental y transfieren una proporción considerable de este a las madres, la presente Directiva amplía de uno a dos meses el período mínimo de permiso parental que no puede ser transferido de un progenitor al otro, al objeto de animar a los padres a acogerse al permiso parental al tiempo que mantiene el derecho contemplado en la Directiva 2010/18/UE de que cada uno de los progenitores disfrute de un mínimo de cuatro meses de permiso parental. El objetivo de garantizar que cada progenitor disponga al menos de dos meses de permiso parental, con carácter exclusivo y que no pueda transferirlos al otro progenitor, es animar a los padres a hacer uso de su derecho a tal permiso.


La presente Directiva garantiza un período mínimo de cuatro meses de permiso parental a los trabajadores que sean progenitores.


Dado que, gracias a la flexibilidad, es más probable que cada progenitor, en particular el padre, se acoja a su derecho a disfrutar de este permiso, debe permitirse que los trabajadores pidan disfrutarlo a tiempo completo, a tiempo parcial, en períodos alternos, por ejemplo, un cierto número de semanas consecutivas de permiso separadas por períodos de trabajo o con arreglo a otras formas flexibles. El empleador debe poder aceptar o denegar la petición del trabajador de disfrutar del permiso parental acogiéndose a formas flexibles distintas del tiempo completo.


El período durante el cual los trabajadores deben tener derecho a disfrutar un permiso parental debe estar vinculado a la edad del niño.


Para facilitar el regreso al trabajo tras un período de permiso parental, se anima a los trabajadores y empresarios a mantenerse voluntariamente en contacto durante el período de permiso


Los estudios demuestran que los Estados miembros que ofrecen una parte significativa del permiso parental a los padres y que abonan al trabajador una remuneración o prestación durante dicho permiso con una tasa de sustitución relativamente elevada, presentan un índice de aceptación más elevado por parte de los padres y una tendencia positiva en la tasa de empleo de las madres. Procede, por tanto, permitir que se mantengan estos sistemas siempre que cumplan determinados criterios mínimos, en lugar de prever el pago de una prestación económica durante el permiso de paternidad establecido en la presente Directiva
 

toni

Miembro conocido
Yo estoy esperando que saquen ese permiso que querian Podemos y Mas Madrid de un par de dias si tu mascota estaba enfermito, como tengo 2 perros y un gato... me puedo cojer unos dias libres y tal y tal.
 

Cachilipox

Miembro conocido
Hay "familias de todo tipo".......

Lo cierto es que este no-nuevo permiso parental (ya existía en el ordenamiento jurídico, pero de otra manera), les pilla bastante a contrapié.

Ni es "exactamente" lo que aquí querían hacer, lo de que sea por mandato de Directiva UE les quita todo el protagonismo político (no es lo mismo meramente transponer que ser los impulsores originales....), y además, les toca implementarlo en un "momento político" adverso.

Precisamente ahora que están los ánimos a flor de piel con las recientísimas subidas de costes laborales y de seguridad social, como que puede sonar a la gota que colma el vaso.

Pero.... de la Directiva no se deriva de forma automática que deba ser un coste salarial (una prestación de seguridad social, a cargo del sistema o de las empresas). Pueden existir otras soluciones, y quizás más óptimas para su finalidad.

Yo vería más adecuado una especie de "cheque parental", pagado por hacienda a cargo de presupuestos generales.
La gestión informativa, obviamente a cargo de empresas y TGSS, pero el desembolso como tal, AEAT.

Pienso que no es lo mismo, de cara a "animar", venderlo como una prestación por pillar una baja para estar con la criatura, cosa que lo llevaría casi a una prestación propia y exclusiva de funcionarios, a venderlo como una especie de "cheque-regalo" (te pillas una o dos semanas para estar con el crío, y encima hacienda te da un cheque-regalo.....).
 
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