Más vacaciones disfrutadas de las generadas

VOS64

Miembro activo
Buenos días.
Os pongo en situación. Resulta que a mediados de febrero comenzamos un ERTE en la empresa y uno de nuestros trabajadores lleva desde el comienzo en él.
La idea es, dadas las necesidades de producción, no volver a incorporarlo en lo que queda de año (el ERTE está previsto hasta enero de 2025).
Como ahora en julio hay que pagar la extra del primer semestre, he calculado lo que supone la extra de este trabajador.
Pero la cuestión es que este empleado agotó 9 días de vacaciones del 1 de enero al 11 de febrero y según nuestro convenio de horas, en ese período solo habría generado 4 días de vacaciones.
Por lo tanto, si no vuelve a trabajar, ¿cómo le podemos "cobrar" esos 5 días extras de vacaciones? ¿Se los podría cobrar de la extra? Es que si pide la baja voluntaria o excedencia más allá del 1 de julio y ya le hemos pagado la extra del primer semestre, en el finiquito no le podría "cobrar" las vacaciones porque no habría generado nada para cobrar.

Gracias.
 

Santiago

Miembro conocido
Buenos días
Las vacaciones se pueden descontar cuando el trabajador no tiene la posibilidad de generar días de vacaciones
Por ejemplo, hace 30 días de vacaciones en marzo:
a) si la empresa lo despide en julio, no puede descontar días de vacaciones porque no ha dado la oportunidad al trabajador de generar esos días hasta el 31 de diciembre
b) si el trabajador pide la baja voluntaria en julio, la empresa puede descontar los días

No sé si eso sirve como ayuda
 

Petrus

Miembro conocido
Habría que tener en cuenta si esos días de vacaciones es un periodo que la empresa cierra, y por lo tanto, su disfrute era obligatorio en dicha fecha y no puedes descontárselo.
 

MiriamSR

Miembro conocido
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