MANUTENCIÓN

isaaa

Miembro
Buenos días:
Tengo que incluir en nómina un importe por manutención, ya que los empleados comen en la empresa (hosteleria).
Lo que no sé es cómo meter en nómina correctamente ese concepto si como devengo y deducción o sólo como deducción?.
 

isaaa

Miembro
Eso hago siempre con las R. en Especie, pero es que en el Convenio dice expresamente que se deducirá
 

toni

Miembro conocido
Ya, pero es que la manutencion en hosteleria no deja de ser una retribucion en especie y si comen alli se paga y descuenta y si no comen se paga igual, pero no se descuenta.
 

leire

Nuevo miembro
Buenos dias:
Tengo la misma duda que isaaa con el convenio de hostelería de Gipuzkoa. Tenemos que incluir en las nominas de los trabajadores la manutención. Yo también entiendo que es una deducción tal y como el convenio dice.
¿hay que hacerlo realmente como retribución en especie?

ARTÍCULO 20. MANUTENCIÓN.
1. Dentro de aquellos establecimientos en los que haya servicio de cocina y puedan ofrecer tal servicio, las personas
trabajadoras afectadas por el presente Convenio tendrán derecho a solicitar la manutención consistente en dos comidas,
comida y/o cena, siempre que coincida con su tiempo de trabajo.
2. La empresa no podrá efectuar deducción alguna en concepto de manutención, no pudiendo las personas trabajadoras
hacer uso de tal derecho en tanto en cuanto la relación laboral se halle suspendida por cualquiera de las causas legalmente
establecidas, así como durante el disfrute de las vacaciones.
3. La manutención constituye un concepto divisible y fraccionable, de tal forma que la persona trabajadora podrá optar por
la manutención, pudiendo elegir la modalidad de manutención completa, consistente en una comida y una cena, siempre y
cuando presten servicio en jornadas de trabajo partida, o en su modalidad de manutención parcial, una comida o una cena,
teniendo que optar por una de ellas, siempre en la jornada de trabajo sea continua y de más de 5 horas de trabajo.
Si optan por cualquiera de las modalidades de manutención a cargo de la empresa, las cuantías serán las que fijen en el
anexo VI.
4. A los efectos previstos en el apartado anterior, la persona trabajadora podrá optar por la manutención a cargo de la
empresa con la deducción correspondiente por periodos mensuales, siempre que avise de tal opción con una semana de
antelación al primer día de cada mes.
5. En el mes de inicio y en el mes de finalización de la relación laboral cabrá realizar una reducción proporcional de la
cuantía por manutención. Para el cálculo de la misma se tomará en consideración la fecha efectiva de inicio/fin de la
relación laboral.
 

toni

Miembro conocido
No es exactamente una retribucion en especie, es un complemento que cotiza y tributa y segun convenios se descuenta. Por ejemplo aqui en Valencia son 40,70, lo cotizo, lo tributo y luego se lo descuento y si no comen alli, pago, cotizo y tributo 25 euros sin descuento.
 

toni

Miembro conocido
La manutencion se tiene que pagar, cotizar y tributar. Luego ya cada CC establece cantidades y si se descuentan luego o no.
 

isaaa

Miembro
Si, se tiene que pagar. Pero por lo que te he entendido si comen esos 40,70 no los devengas en nómina, los cotizas tributas y descuentas, Es así?
 

toni

Miembro conocido
No no, lo pongo como devengo en nomina MANUTENCION 40'70 cotizando y tributando y luego lo quito.
 

leire

Nuevo miembro
Gracias Toni,

después de dar muchas vueltas hemos hablado con la asociación de hostelería y nos confirman que solo hay que aplicar el descuento.

Muchas gracias por tu ayuda.
 

Lour76

Miembro
Buenos días,

Tengo una duda con el plus manutención, como no me llega la mínimo en la base de cotización para IRFP no me retiene nada en los trabajadores en la nómina(es hostelería 40,70€), pero ahora cuando genero el modelo 111 me sale en el apartado de especies dinerarias la cantidad con retención, es correcto así. Trabajo con el a3nom y no sé si estará bien informado el concepto, en el programa me dicen que si, pero a mi no me cuadra. Me podéis ayudar?
 

VILA100

Miembro conocido
Hola
La comida del convenio hostelería, se la dan en el establecimiento y cotiza pero no tributa…(la cantidad no supera el límite exento). Lo mire hace tiempo y es así…( otra cosa es que lo mirase mal…)
salu2
 
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