Hola,
Pues nada, por si fuéramos pocos parió la abuela. Me acaba de llegar rectificativas de la bonificación por contrato indefinido de familiar autónomo. No me ha llegado la resolución explicando el por qué, pero seguro que es porque la empresa es una sociedad civil y me van a decir que esa bonificación es solo para familiares de autónomos, cuando una SC no es ningún ente jurídico sino dos o mas autónomos que se juntan. El trabajador bonificado es hermano de un socio de la SC. Es la misma lógica que con el autónomo familiar colaborador con cuota reta bonificada, que sí se permite en las SC.
Recuerdo cuanto hice el alta que pedí opinión a Tesorería, me pidieron datos, una declaración responsable de la empresa al respecto. Lo que no tengo es la confirmación por escrito (se cuidan mucho de darlo) pero estoy al 100% de que me la dieron verbalmente.
Ahora toca explicárselo a la empresa, presentar alegaciones y demás.
¿Alguna opinión o experiencia al respecto?
Pues nada, por si fuéramos pocos parió la abuela. Me acaba de llegar rectificativas de la bonificación por contrato indefinido de familiar autónomo. No me ha llegado la resolución explicando el por qué, pero seguro que es porque la empresa es una sociedad civil y me van a decir que esa bonificación es solo para familiares de autónomos, cuando una SC no es ningún ente jurídico sino dos o mas autónomos que se juntan. El trabajador bonificado es hermano de un socio de la SC. Es la misma lógica que con el autónomo familiar colaborador con cuota reta bonificada, que sí se permite en las SC.
Recuerdo cuanto hice el alta que pedí opinión a Tesorería, me pidieron datos, una declaración responsable de la empresa al respecto. Lo que no tengo es la confirmación por escrito (se cuidan mucho de darlo) pero estoy al 100% de que me la dieron verbalmente.
Ahora toca explicárselo a la empresa, presentar alegaciones y demás.
¿Alguna opinión o experiencia al respecto?