maternidad por adopcion internacional

lubo

Miembro
Buenas tardes.

La maternidad por adopción internacional, en caso de que ambos progenitores tengan que viajar, en este caso a Etiopía, tienen derecho a 4 semanas cada uno de prestación de maternidad, pero al finalizar esas 4 semanas la madre podrá continuar disfrutandola hasta completar los 112 días de maternidad, y posteriormente el padre solicitar la paternidad??

Muchas gracias

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
Hola Lubo, me parece que te estás confundiendo...

No tienen derecho a 4 semanas, la madre tiene derecho a sus 16 semanas igual que en la biológica y el padre a sus 13 días igual que en la biológica, pero por las características de la adopción internacional que es frecuente tener que viajar antes de tener sentencia firme o resulución constitutiva de la adopción, te dajan disfrutar del permiso de paternidad y maternidad ANTES de ese título constitutivo de la adopción con una antelación de hasta 4 semanas.
(Ten en cuenta que hay gente que no tiene vacaciones y a ver como le dices a la empresa que te vas a las bravas, pues habrá quien tenga que tirar del disfrute anticipado)

Es decir, por poner un ejemplo, tienes el juicio en el pais extranjero el 20 de mayo, te tienes que ir por imposición del país y del puro tramite de la adopción internacional el 22 de abril, pues cuando vuelves, con tu pasaporte visadito y fecha de salida y entrada y demás en el pais de origen de la adpción, sentencia traducida y demás papeleo, solicitas la maternidad y paternidad, o bien con la fecha de la sentencia o titulo ejecutivo o con una antelación de hasta 4 semanas , que si quieres también puedes solicitarla con fecha de entra aquí en España.


PERO NO ES QUE TENGAN DERECHO A CUATRO SEMANAS EL PADRE, LA MADRE Y LUEGO LA MADRE SUS 112 DÍAS.
 

lubo

Miembro
Hola Raquel y FERNANDO, gracias por vuestra ayuda.

Raquel, yo lo que me refería es que de los 112 días la madre y el padre tendrán 4 semanas cada uno, 56 dias, por lo que a la madre le quedarán los otros 56 días restantes y supongo que el padre podrá solicitar la paternidad, no??

Saludos
 

Raquel GR

Miembro activo
No te había entendido, estas hablando pues de ceder periodo de la madre al padre

El art. habla de anticipar cada uno lo suyo, si ya cede o no cede la madre, pues deberás descontarselo del tiempo que le reste
 
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