Mejora Situacion IT

Medinero

Miembro
Hola a Tod@s

Se me plantea un par de dudas con respecto a una mejora incluida en el convenio colectivo, referente a mejora situacion de IT.
Os copia el articulo integro

Artículo 20.
Cobertura por incapacidad temporal
A los trabajadores afectados por este convenio que causen baja por causa de accidente
laboral o enfermedad profesional, se les abonará el 100% del salario real desde el día 5 y
hasta el día de finalización de dicha situación. A efectos del cómputo de los 5 días para
alcanzar el derecho a la prestación complementaria con cargo a la empresa se sumarán
las sucesivas bajas que por la misma enfermedad profesional se causen en el periodo de
un año.
A los trabajadores afectados por este convenio que causen baja por causa de
enfermedad común, se les abonará el 100% del salario real hasta cinco días como
máximo una vez al año.

La duda es la siguiente, trabajador de It por enfermedad comun, dos dias y es la primera vez que esta de baja este año.
¿Estos dias se complementan? ¿Se complementan solo desde el 5º dia igual que en accidente profesional?

Gracias de antemano
 

Raquel GR

Miembro activo
Entiendo que debes complementarle esos dos dias de IT por enfermedad común, pues se redacta diferenciado de las Contingencias profesionales.
 
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