mi primera guarda legal

MONI

Miembro
tengo una chica que ha solicitado guarda legal por menor y no se como funciona bien este tema.

tengo que comunicar algo a la seguridad social??? trabaja 8 horas al día, la reducción es de una hora al día: le pago en función de las 7 horas trabajadas??? cotiza por 8 o 7 horas????...bufff vereis que estoy un pelin perdida con este temita.

Gracias mil
 

Nando_bcn

Miembro conocido
Bueno, yo no me ocupo directamente de este trámite pero salvo novedad reciente, el esquema sería el siguiente:


-          Hay que comunicarlo a la Seguridad Social (por Sistemas Red). Consiste en una baja y alta sucesivas.

-          En la baja se indica como motivo el código 99 “otras causas de baja”. Esto se hace con fecha de efecto del dia anterior al inicio de la reducción

-          Se comunica el alta con efecto del mismo dia de inicio de la reducción (por tanto, fechas consecutivas, sin interrupción), marcando el “colectivo 16” (propio de la guarda legal por menor) y el porcentaje de reducción.

Y ya está. Sólo hay que comunuicarlo a la S.S. y de esta manera. Nada de nuevo contrato y menos aún cambiarlo a tiempo parcial si el actual es a tiempo completo.

En cualquier caso, se cotizará según lo que se cobre. Por tanto, como el salario se reducirá, en proporción a la jornada, la base de cotización se reducirá igualmente (otra cosa es que a efectos de ciertas prestaciones se considere la base que correspondería a tiempo completo, pero de ahí, entre otras cosas, la importancia de hacerlo bien). 

Saludos
 

CHARO

Miembro conocido
Efectivamente es como te explica Nando, pero sobre todo ten la precaución de hacer la baja el mismo día que es efectiva, y al día siguiente el alta, si no esta consolidada la baja cuando pases el alta, te dirá que no encuentra la baja y tendrás que arreglardo directamente en tesorería con un escrito.
 

Ro

Miembro activo
Perfectamente explicado por Nando. Solo haría un apunte, y es que tanto la empresa como la trabajadora deben guardar la comunicación de la trabajadora solicitando la guarda legal a la empresa, y la comunicación de la empresa aceptándosela. Esto es porque aquí el INEM lo solicita si luego por algún motivo la trabajadora solicita la prestación por Desempleo.
:)
 
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