Modificación del horario de trabajo

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val2005

Guest
La empresa en cuestión es una clínica de odontología y han visto que los viernes por la mañana no hay mucha afluencia de clientes y quisieran cambiarle el horario a esta trabajadora en lugar de los viernes de 9:30 a 13:30 a los viernes de 16 a 20.
La trabajadora se niega en rotundo porque tiene 2 hijos y dice que por las tardes no tiene nadie con quien dejarlos.
Hay que decir que desde hace un año está en reducción de jornada, pero no por guarda legal, sino simplemente fue una proposición que le hizo la clinica porque la clientela había bajado y la trabajadora aceptó.

No se hasta que punto el cambiarle el horario de mañanas a tardes de solo un día a la semana (el resto de días a la semana se quedan igual que está actualmente) se puede considerar modificación sustancial de condiciones de trabjo y debemos seguir tal procedimiento y tampoco si por alguna de aquellas pensais que la trabajadora pudiese alegar via judicial que es una reducción de jornada por guarda legal y tumbarnos el cambio de horario del viernes.
 

Mr. White

Miembro activo
Por prudencia, acudiría al art. 41 ET. Son 15 días de preaviso y justificando las causas, no debería haber problema.

Si efectivamente le causa perjuicio tendrá derecho a rescindir su contrato a 20 días/año, pero ese perjuicio no será causa de nulidad ni tampoco se declarará la medida como injustificada...claro, siempre que la causa sea sólida y las podáis acreditar...

Si no vas por el art. 41 ET, ya tienes que entrar a pelearte con si forma aparte del ius variandi, si es modificación accesoria o no sustancial,...,

Sobre la causa: A mí, en principio, no me parece causa suficiente que los viernes por la mañana no haya mucha afluencia, pues es un hecho que pude variar y parece ciertamente imprevisible.

Habría que ver desde cuándo hay poca afluencia, comparar afluencia mañana-tarde,...

Finalmente, si la reducción de jornada fue aceptada por la trabajadora y no fue por guarda legal, y claro, lo podéis acreditar, es imposible que la trabajadora acredite lo contrario...

Lo que sí podría es pedirla una vez le modifiquéis el horario, por lo que os haría la puñeta, pero está en su derecho... 
 
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