Modificacion sustancial contrato. salario

PEPEPACO

Nuevo miembro
Buenos dias.

Tengo una duda,respecto a la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, articulo 41,. La empresa tiene  5 trabajadores, y la modificación ha de afectar a todos. Si leemos el articulo dice que es a partir de 10 trabajadores en aquellas empresas que ocupen a menos de 100, el procedimiento sera colectivo y en caso contrario individual. En principio entiendo que debe ser individual para al afectar al  100 por  100 de la plantilla , me surgen dudas.

Gracias por vuestras respuestas.

saludos
 

Mr. White

Miembro activo
Si solo afecta a 5 es individual.

Preaviso de 15 días, una buena carta indicando los motivos y causas y adjuntando la información necesaria, y listo.
 
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