Modificar BR en IT del 01/07/2024

styuvesant

Miembro
Hola,
En 2025 se ha abonado un bonus que incrementa la base reguladora de una IT del 2024, por ello hay mas prestación y la Mutua da el OK a hacer la solicitud a favor de la empresa por esa prestación de mas, pero como hago para hacer que la TGSS actualice las bases de cotización del periodo de la IT...?

Gracias
 

Wastual

Miembro conocido
- Una vez -supongo- ya enviadas las complementarias L03 (o L90) correspondientes,
- Se produce el aumento en la BR tanto a efectos de determinación de la BC de los tramos correspondientes como de descuento del subsidio de IT abonado en modalidad de pago delegado
- Así, en primer lugar, comunica nuevamente los Datos Económicos en RED, indicando la misma fecha de baja originaria que en su momento se indicó, pero actualizando los importes como consecuencia de lo anterior y del bonus
- Adecua esto también en el programa de nóminas a efectos de futuras liquidaciones
- Solicita a través de CASIA (Solicitud tipo TRÁMITE> Recaudación > Aportar documentación acreditativa > Actualización Liquidación Fuera de plazo) que habiliten para poder enviar las rectificativas fuera de plazo dónde se corregirán estos dos aspectos, según lo ya expuesto.
También existe esta solicitud en SEDESS, pero como además del reintegro, debe actualizarse las bases (mayor cuota empresarial y obrera), pues personalmente encuentro más acertada la anterior opción.
Ahora bien, para este último paso, una vez comunicada tal situación, la Mutua podría haber resultado algo más ayuda... (creo recordar que en otros hilos se comentó que en algunas ocasiones lo habían tramitado ellas el recálculo una vez avisadas)
 

isabarros

Miembro activo
- Una vez -supongo- ya enviadas las complementarias L03 (o L90) correspondientes,
- Se produce el aumento en la BR tanto a efectos de determinación de la BC de los tramos correspondientes como de descuento del subsidio de IT abonado en modalidad de pago delegado
- Así, en primer lugar, comunica nuevamente los Datos Económicos en RED, indicando la misma fecha de baja originaria que en su momento se indicó, pero actualizando los importes como consecuencia de lo anterior y del bonus
- Adecua esto también en el programa de nóminas a efectos de futuras liquidaciones
- Solicita a través de CASIA (Solicitud tipo TRÁMITE> Recaudación > Aportar documentación acreditativa > Actualización Liquidación Fuera de plazo) que habiliten para poder enviar las rectificativas fuera de plazo dónde se corregirán estos dos aspectos, según lo ya expuesto.
También existe esta solicitud en SEDESS, pero como además del reintegro, debe actualizarse las bases (mayor cuota empresarial y obrera), pues personalmente encuentro más acertada la anterior opción.
Ahora bien, para este último paso, una vez comunicada tal situación, la Mutua podría haber resultado algo más ayuda... (creo recordar que en otros hilos se comentó que en algunas ocasiones lo habían tramitado ellas el recálculo una vez avisadas)
Gracias por la explicación @Wastual,
Tengo un caso particular, trabajador que ha comenzado la Baja IT en noviembre y claro en el momento se enviaron los datos económicos de la base de cotización de octubre.
Entiendo que los pasos tienen que ser los mismos, es decir:
- Hago la nómina de noviembre normal, con la base de cotización que tengo de octubre
- Preparo las L03 con los atrasos de 2025, las presento en diciembre por siltra
- Vuelvo a comunicar los datos económicos en sistema red con las bases correctas ¿esto debo hacerlo en enero o puedo ya en diciembre)
- Envío la rectificativa de noviembre en enero?

O por ser algo de justo este mes, puedo ya directamente:
1- hacer la nómina de noviembre con la base de cotización correcta de octubre, es decir la que queda tras los atrasos
2 - en diciembre enviar el L03 de atrasos para que quede correctamente todo
 

Wastual

Miembro conocido
En primer lugar, perdona @isabarros. No he tenido tiempo de responder hasta ahora.

El aspecto más "problemático" en este caso es, en efecto, las avanzadas fechas de noviembre en las que nos encontramos, sobre todo para la confección de la nómina. Por tanto, opta por aquello que te resulte más cómodo, no hay ninguna diferencia. Lo que has expuesto en ambos casos es correcto.
¿Por qué? Ten en cuenta que la comunicación de los nuevos datos económicos de la IT a través de RED se puede realizar aunque no se haya enviado todavía la L03 correspondiente porque no se realizar una comprobación de la "exactitud" BR en ese momento.

Ahora bien, personalmente quizás optaria por la segunda de ellas (salario de noviembre correctamente calculado desde su "emisión", teniendo en cuenta directamente la BR superior derivada del incremento salarial) porque así se evita el CASIA para la solicitar la devolución consecuencia también del aumento de la cuantía a deducir en concepto de pago delegado.
 

isabarros

Miembro activo
En primer lugar, perdona @isabarros. No he tenido tiempo de responder hasta ahora.

El aspecto más "problemático" en este caso es, en efecto, las avanzadas fechas de noviembre en las que nos encontramos, sobre todo para la confección de la nómina. Por tanto, opta por aquello que te resulte más cómodo, no hay ninguna diferencia. Lo que has expuesto en ambos casos es correcto.
¿Por qué? Ten en cuenta que la comunicación de los nuevos datos económicos de la IT a través de RED se puede realizar aunque no se haya enviado todavía la L03 correspondiente porque no se realizar una comprobación de la "exactitud" BR en ese momento.

Ahora bien, personalmente quizás optaria por la segunda de ellas (salario de noviembre correctamente calculado desde su "emisión", teniendo en cuenta directamente la BR superior derivada del incremento salarial) porque así se evita el CASIA para la solicitar la devolución consecuencia también del aumento de la cuantía a deducir en concepto de pago delegado.
De nuevo muchas muuuuchas gracias por la ayuda y nada que perdonar...
Estoy aún viendo este caso porque el problema es que la empresa aún no ha confirmado si va a realizar el pago de los atrasos, tengo aún 4 empresas pendientes de confirmación de los atrasos de ese convenio, el lunes me lo confirmarán y las haré la próxima semana, con fecha de noviembre para enviar los seguros sociales con las nóminas de noviembre y poder hacer todo "bien".

Imaginaba que ambas opciones serían correctas pero cuando me lo confirmáis por aquí me quedo mucho más tranquila.
Si pagan los atrasos, que creo que será lo que hagan, para la semana modificaría la nómina de noviembre de ese trabajador con la base teniendo en cuenta los atrasos, y que regularicen el pago haciendo transferencia por la diferencia al trabajador. La empresa ya está avisada de que si pagan atrasos posiblemente esa nómina habría que modificarla un poco.

Ahora me queda pendiente de ver bien los pasos a seguir si otra empresa que tengo con una Baja IT paga los atrasos, porque es ya una Baja IT de julio 2025 y la verdad es la primera vez que tengo pago de atrasos con Bajas ITs...
En este caso, como el trabajador lleva unos meses de Baja It, si que entiendo que si deciden pagar atrasos tendría que hacerlo de la otra forma:

- Hacer la nómina de noviembre normal, con la base que teníamos (aquí dudo de si tendría que modificarla ya para dejar noviembre correcto)
- Preparar para la semana las L03 con los atrasos de 2025 y presentarlas con las nóminas de noviembre
- Volver a comunicar los datos económicos en sistema red con la base correcta en la fecha de la baja IT y actualizar los datos en mi programa de nóminas
-Solicitar a través de CASIA (Solicitud tipo TRÁMITE> Recaudación > Aportar documentación acreditativa > Actualización Liquidación Fuera de plazo) que habiliten para poder enviar las rectificativas fuera de plazo, ya que tendría que presentar las rectificativas desde julio. Esto tengo que verlo bien para ver qué tipo de rectificativas tengo que enviar.
Si deciden pagar los atrasos para la semana me informaré mejor de los pasos correctos a seguir.
De nuevo, gracias por todo
 
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