movilidad geográfica? ayuda

AL1978

Miembro conocido
Hola chicos es la primera vez que hago esto y o me gustaría meter la pata. Os comento

Tienda con dos centros de trabajo en una misma provincia unos 40 km de distancia entre las dos. Una dependienta con reduccion de jornada por guarda legal.

Una de las tiendas en la que está la dependienta, no funciona y la empresa piensa cerrarla y quedarse solo con la central, ofreciéndole a la trabajadora su puesto de trabajo en la tienda principal.

DUDAS

¿ se plantearía este caso como movilidad geográfica? 
¿puede solicitar la extinción del contrato con 20 días la trabajadora?


Muchas gracias
 

manolo

Miembro activo
Yo la verdad, 40 km no lo veo como para una movilidad geografica por lo que entiendo que no podria solicitar la extincion con los 20 días.
 

AL1978

Miembro conocido
Esa duda se me plantea a mi, pero la empresa no tiene intención de despido, yo creo que quiere que se vaya voluntaria y es una amiga. Me parece que le están haciendo la cama. Pero si no puedo resolver el contrato ....


Entiendo que no hay movilidad pero la trabajadora me dice que no le compensa ir con gasolina y gastos.

¿tendríamos que aceptar el cambio de centro de trabajo si o si?

¿podríamos solicitar kilometraje por los viajes?


gracias manolo
 

Keler

Miembro
Si tu amiga tiene jornada reducida y no le compensa, en principio, mala suerte. ¿Le compensaría si hiciese jornada completa?

En cualquier caso, si crees que no habría movilidad geográfica, imagino que porque crees que no se ve obligada a cambiar de residencia, parece todo perdido, pero puesto que es una amiga y quieres ser posibilista se me ocurre que intentes recurrir al Art. 41, como modificación de condiciones sustanciales de trabajo. Igual suena raro por no ser uno de los tipos de modificación que  explicita el Art. 41, pero si lo lees bien, literalmente dice:

"Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:..."

A mi me parece que un cambio de centro de trabajo a otro que dista 40 Km del primero, y más en una persona con reducción de jornada, es bastante sustancial para tu amiga, por lo que podrías intentar considerarla en el abanico de esas otras causas. Con ello igual consigues abrir la puerta a la indemnización de 20 días o, quizás, a negociar algún tipo de compensación, por los inconvenientes, sin extinguir el contrato.

La otra, opción sería defender que sí que hay movilidad geográfica porque, dado que se encuentra en reducción (imagino que por cuidado de hijo), sí se encuentra en necesidad subjetiva de cambiar de residencia.

No sé cuál de las dos opciones te parecerá menos remota, y no conozco precedentes, pero es que las otras opciones son  aceptar el cambio sin rechistar, volver a jornada completa -si es viable para ella- o renunciar al puesto.

Hasta ahí se me ocurre. A ver si algún compañero/a aporta alguna idea más.
 

Mr. White

Miembro activo
A ver, para que haya traslado no es necesario que el mismo obligue a cambiar de domicilio; por otro lado, además de a la distancia entre centros, hay que atender a la distancia entre cada centro y el domicilio del trabajador, si hay medios de transporte públicos, si la empresa facilita alguna compensación (plus transporte),...

De primeras, a mí 40 km. me huele bastante a traslado, la verdad, auqnue ya digo que hay que ir a los detalles particulares de cada caso.

Por otro lado, tu amiga, además de pedir la extinción indemnizada ante el traslado - que a diferencia de la MSCT no exige que se cause perjuicio alguno, es automático-, puede pedir la nulidad de la medida (eso de "te voy a trasladar porque voy a cerrar el centro" no suena muy concreto, debe quedar muy claros los motivos en la carta).

 

FERNANDO

Miembro conocido
En principio, sí. (el límite se establece en 30 km. de diferencia), aunque todo sería en función del transporte público existente, en la distancia del domicilio del trabajador al nuevo centro, en las facilidades en forma de transporte y manutención que le ofrece la empresa, etc...
 

AL1978

Miembro conocido
Muchas gracias compañero, pero menudo lío.

La distancia son 50 km por autopista y también hay transporte publico creo que cada 90 minutos.
El convenio colectivo si establece un plus transporte, estoy pensando en esto porque me huele a que la empresa quiere evitar entrar en un despido.
¿Si aceptamos el cambio podremos solicitar el plus transporte , claro?

La carta la he simplificado evidentemente no pone solo te traslado porque cierro, me adjuntan un "informe económico justificado el cierre" con la misma validez que un billete de monopoly.

Lo del art 41 no lo veo muy claro

Entre nosotros, mi amiga aceptaría 20 días pero irse gratis nada nada

muchas gracias de verdad
 

FERNANDO

Miembro conocido
Yo de ti, obraría:

pediría comunicación escrita del cambio. Si no te la dan, solicítala por burofax y, si no te la dan tampoco, pues pon demanda -que es urgente- ante magistratura pidiendo la nulidad de la decisión (te ne cuenta que tu amiga disfruta de un permiso por cuidado de hijo). Entonces, mientras llega el proceso, puedes negociar la indemnización fin de contrato. Más que nada porque, hacerlo por la brava, puede suponer que la empresa diga que no hay derecho a la indemnización y, si te vas, que es baja voluntaria, al no ser considerado como traslado el tema. Aunque, si son 50 k., yo entiendo que sí lo es, por mucho transporte público que  haya.
 

ManuelSM2

Miembro
Recupero este hilo porque quiero exponer un caso parecido. Se trata de una trabajadora que ejerce como limpiadora y por lo visto le han dejado caer que puede que  tenga que trasladarse a otro centro de trabajo.

Dicho centro está justamente a 30 km. distancia que delimita la jurisprudencia de cara a considerar traslado o no, en muchas ocasiones. Tiene una reducción por cuidado de hijos desde hace tres años.

Entiendo que habría que valorar muchos elementos, tales como las características de la actividad, para la cual, el propio convenio flexibiliza  el cambio de centro de trabajo así como también la inexistente, en este caso, conexión entre poblaciones de transporte público.
Imagino que podría ser difícil considerar este caso como movilidad geográfica, pero la trabajadora quiere apurar sus opciones debido a que cree que la empresa está tratando de forzar una baja voluntaria ya que la misma presenta pérdidas importantes aparte de que otra de las cosas que le han dejado caer es la posibilidad de reducirle las horas.

¿ Hasta qué punto podría tener protección por la reducción de horas por cuidado de menor? ¿ Esto podría ayudar para considerarlo como movilidad geográfica? ¿ Entendéis que si no se considerara así cabría la posibilidad de considerarlo como una modificación sustancial de las condiciones de trabajo?

Muchas gracias.
 

FERNANDO

Miembro conocido
Cuando llegue el momento, que valore, según la comunicación que le den, si ha de pedir la nulidad de la decisión, o su improcedencia. No hay más: primero comunicación, y ver dónde cae el nuevo centro de trabajo.
 

Mr. White

Miembro activo
Si está a 30 km y no hay medios de transporte público tiene fuerte aroma a traslado.

Si tiene reducción d ejronada la empresa debe acreditar el motivo del traslado, y especialmente por qué se traslada a ella y no a alguien que no tiene reducción de jornada, y ello a ver si hay discriminación.

Yo esperaría a que se le comunique para ver los términos, uan vez se sepan demanda en lso términos de Fernando, primero nulidad (si no han cumplido los requisitos legales y de convenio: notificación por escrito, exposición de motivos, plazo de preaviso,...) y después que está injustificado (por no haber causa del traslado,...).

Para meter presión acumula con tutela de derechos fundamentales pidiendo indemnización adicional...para cuantificarlo tira de LISOS y daños materiales que se produzcan (gasto en gasolina,...).

Si declaran que está todo estupendo, que la empresa es maravillosa y lo ha hecho todo bien, podría extinguir a 20 días en el plazo de 15 días desde que se notifique la sentencia.

 

ManuelSM2

Miembro
Gracias por vuestra siempre interesante intervención. La empresa sigue andando con rodeos y la trabajadora se ha plantado ya y les ha dicho que lo que le tengan que decir que lo hagan por escrito. En función de lo que le indiquen veremos como actuamos.
 
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