"NÓMINA" AUTÓNOMO

Clo

Nuevo miembro
Buenos días,
Administrador societario con cargo retribuido en escrituras.
La cuota del autónomo se paga por la sociedad.
Yo haría dos "nóminas"
-Una de 200 euros al 35% por su cargo de administrador
-Otra de salario mercado con tipo de ret por tablas
El salario en especie con el importe del autónomo yo lo pondría en la primera nómina al 35%
Cómo lo veis?
Gracias y saludos,
 

FERNANDO

Miembro conocido
Ten cuidado con el salario en especie, que después no lo podrá deducir el mismo de su renta. ¿Por qué no le suben el sueldo directamente?
 

Ferinho

Miembro activo
FERNANDO dijo:
Ten cuidado con el salario en especie, que después no lo podrá deducir el mismo de su renta. ¿Por qué no le suben el sueldo directamente?

Yo entiendo que el RETA a cargo de la empresa, pagado como salario en especie, si es deducible para el autónomo en la DR

"Es habitual que los socios carguen la cuota de autónomos en la cuenta de la sociedad de la que son partícipes. Ese importe constituye una retribución en especie que debe figurar en el recibo de salarios que la empresa les emite y que debe informarse a Hacienda en el modelo 190 de resumen de retenciones.

Ese importe es deducible para la sociedad como gasto de personal. El socio, a su vez, puede también deducirlo en su Declaración de la Renta como gastos de Seguridad Social."
 
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